La organizadora del concierto de los Rolling en El Ejido sancionada con una multa de 60.150 euros, según Facua

Europa Press Sociedad
Actualizado: miércoles, 11 julio 2007 18:17

SEVILLA 11 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Federación de Consumidores en Acción (Facua) anunció hoy que la empresa organizadora del concierto de The Rolling Stones cancelado en El Ejido el 16 de agosto de 2006, Music Frog, ha sido sancionada con una multa de 60.150 euros por la Dirección General de Espectáculos Públicos y Juegos de la Junta por el retraso en la devolución del importe de las entradas.

Según informó la entidad de consumidores mediante un comunicado remitido a Europa Press, la empresa organizadora, que fue denunciada por Facua, fue sancionada por "el retraso en la devolución del importe de las entradas y por no contestar su requerimiento de la Administración", tras lo que cuenta con el plazo de un mes para recurrir la resolución.

En la resolución, según afirma Facua, el departamento de la Consejería de Gobernación advirtió que "puede deducirse la elevada cuantía en concepto de intereses que puede ser generada del depósito de la suma recaudada con la venta de todas las entradas", varios millones de euros, una cantidad que "obviamente no se guarda en un cajón".

Así, la federación denunció los perjuicios que Music Frog "causó a los más de 50.000 usuarios" que habían adquirido sus entradas debido a los "importantes retrasos" en la devolución de su dinero. Del mismo modo, Facua advirtió también que la empresa "incumplió" el plazo máximo fijado en la legislación andaluza para la devolución de las entradas, establecido en cuatro días desde el anuncio de la suspensión, que se produjo el 14 de agosto, "sino los 15 días que, obviando la normativa, había establecido en el reverso de los tickets".

Por último, Facua aseguró que aunque "inicialmente" la compañía "reconoció" los retrasos en la devolución, la empresa "pretendió demostrar diez meses después de la cancelación del concierto, que no le había negado a nadie su derecho de obtener la devolución de sus entradas en el plazo de cuatro días". Para ello, aportó "una simple carta firmada" por su director general donde aseguró que no había incumplido los plazos legales, prueba que no ha sido admitida por la Administración, según la asociación.

La asociación de consumidores recordó también que el artículo 23 del Decreto andaluz por el que se aprueba el Reglamento General de la Admisión de personas en los Establecimientos de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, establece que "la devolución del importe se iniciará desde el momento de anunciarse la suspensión, aplazamiento o modificación y finalizará cuatro días después del fijado para la celebración del espectáculo público o actividad recreativa. El plazo se prorrogará automáticamente, si finalizado el mismo hubiese, sin interrupción, espectadores o asistentes en espera de devolución".

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