SEVILLA 19 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Consejo de Ministros aprobó hoy el Real Decreto que establece las especialidades de los cuerpos de catedráticos y de profesores de las Escuelas Oficiales de Idiomas.
El objetivo de la norma es determinar las especialidades docentes para el ingreso, acceso y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos de funcionarios que tienen a su cargo la enseñanza en las escuelas oficiales de idiomas.
En concreto, se han establecido 18 especialidades, correspondientes a otros tantos idiomas, como inglés, francés, alemán, italiano, portugués o chino, entre otros. Una de estas especialidades hace referencia a las lenguas cooficiales de las Comunidades Autónomas.
Con este Real Decreto se garantiza, además, que los funcionarios de todo el territorio tengan un tratamiento común, así como que las enseñanzas de idiomas sean impartidas por el profesorado más idóneo.
El Gobierno asegura que las Escuelas Oficiales de Idiomas son una pieza fundamental en la enseñanza de lenguas extranjeras, una prioridad del sistema educativo y, por ello, la Ley Orgánica de Educación incluye medidas como la enseñanza del inglés de los ocho a los seis años, la iniciación temprana del aprendizaje de idiomas en la educación infantil, su generalización en primaria y la inclusión de un segundo de idioma en la Educación Secundaria Obligatoria.