MADRID 27 Mar. (EUROPA PRESS) -
El Ministerio de Industria no fijará unos servicios mínimos para las televisiones privadas, como hizo en la última huelga general, según han señalado a Europa Press fuentes del ministerio, ya que la Audiencia Nacional estableció en una sentencia el año pasado que la actividad desarrollada por estas empresas no puede ser calificada como de "servicio publico" y por tanto el Gobierno no puede establecer servicios mínimos.
En la última huelga general, celebrada el 29 de septiembre de 2010, Industria emitió una orden en la que impuso unos servicios mínimos "estrictamente necesarios para garantizar la prestación del servicio esencial" de información y los fijó en "la producción y emisión de programas informativos en sus horarios habituales, reduciendo en un 20 por ciento su duración habitual". Asimismo, se establecía un porcentaje mínimo del 12 por ciento del personal de la empresa.
No obstante, posteriormente la sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional estimó un recurso interpuesto por la Federación de Servicios de UGT (FeS-UGT) a esta orden y estableció que, a partir de la entrada en vigor de la Ley General Audiovisual, que se aprobó en 2010, la actividad desarrollada por estas empresas no puede ser calificada como de "servicio publico" y por tanto, no se les puede imponer servicios mínimos.
En este sentido, la sentencia indica que la aprobación de la Ley General Audiovisual derogó el Estatuto de la Radio y la Televisión anterior que disponía que "la radiodifusión y la televisión son servicios públicos esenciales cuya titularidad corresponde al Estado" y la Ley de Televisión Privada, que regulaba la gestión indirecta, por sociedades anónimas y empleando para ello la técnica concesional del servicio público esencial de la televisión, cuya titularidad correspondía al Estado.
Así, el Tribunal argumenta que la Ley General Audiovisual abandonó el "esquema típico de intervención de servicio público, vigente hasta entonces, a favor de otra tipología de regulación económica cual es la de servicios de interés general".
Por ello, la Audiencia Nacional concluye que en el caso concreto de la última huelga general no estaba legitimada la restricción del derecho de huelga en las televisiones privadas con una pretendida protección de "servicios esenciales de la comunidad" puesto que tales "servicios esenciales" ya no corresponden a las televisiones privadas.
EN LA TELEVISIÓN PÚBLICA
Mientras, en RTVE los sindicatos han llegado a un acuerdo con la dirección, en el que se establece que los Telediarios, aunque comenzarán a su hora habitual, podrán finalizar antes, ya que su duración estará condicionada "al tiempo estrictamente necesario para la protección del derecho a la información" consagrado en la Constitución.
Además, en el acuerdo se precisa que los informativos de TVE, RNE y sus medios interactivos se limitarán a "la inclusión de noticias o informaciones que sean de actualidad y tengan la inmediatez necesaria para garantizar el cumplimiento del derecho a la información de la comunidad".
En la Comunidad de Madrid, los servicios mínimos no podrán superar el quince por ciento de la totalidad de la plantilla, mientras que en los centros territoriales de TVE y RNE, que tienen una plantillas mucho más pequeñas, se designará un personal mínimo que garantice el servicio esencial "atendiendo a la estructura de cada centro".
No se establecerán servicios mínimos en el centro de territorial de Sant Cugat (Barcelona), en donde se producen programas como 'Saber y Ganar' o 'Babel en TVE', en cuanto a la programación no informativa se refiere, ni tampoco en Radio 3 y en Radio Clásica.
Por último, según el acuerdo alcanzado por el comité de huelga y la empresa, el personal mínimo de la corporación destinado en las unidades de seguridad, medicina preventiva, informática y mantenimiento no superará el 10 por ciento.
SIN PROGRAMACIÓN EN DIRECTO
En cuanto a la programación, TVE no emitirá programación en directo el próximo 29 de marzo, día de la huelga general convocada por los sindicatos como protesta por la reforma laboral del Gobierno, salvo las ediciones de los Telediarios, que serán más cortos de lo habitual, según han informado fuentes de RTVE a Europa Press.
De esta forma, ese día no se emitirán los programas que normalmente la pública realiza en directo como 'Los desayunos de TVE', 'La Mañana de La 1', 'Corazón', '+ Gente' ni tampoco el espacio '59 segundos'. Todos estos programas se sustituirán por redifusiones, según han señalado las mismas fuentes.
Durante la emisión de esta programación 'enlatada', la pública pasará un letrero que permanecerá en pantalla un minuto cada media hora --o al inicio y al final de los programas grabado de más de 30 minutos-- en el que se informará al espectador de que la programación alternativa se debe a la huelga general, según el acuerdo de servicios mínimos alcanzado entre los sindicatos y la dirección de la corporación.
En el caso de RNE, se emitirá cada 15 minutos una locución informando de la huelga y si se tratara de programas grabados de mayor duración al inicio y al final de los mismos. En los medios digitales, habrá una 'banner' permanente informando de la huelga en un lugar visible.