MADRID 12 Dic. (EUROPA PRESS) -
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha recordado que las certificaciones colegiales deben ser "voluntarias, no oficiales y compatibles con otras acreditaciones". Así la ha expresado en un informe sobre el proyecto de real decreto que aprueba los Estatutos del Consejo General de Colegios Oficiales de Educadoras y Educadores Sociales, a solicitud del Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030.
La CNMC valora positivamente que los nuevos estatutos hayan incorporado parte de sus observaciones y reconoce "avances, como la eliminación de la función del Consejo de velar por la colegiación de los profesionales según su domicilio".
No obstante, el informe subraya que persisten aspectos mejorables y recomienda modificar los estatutos para que la función de representación del Consejo General quede acotada al ámbito de los profesionales colegiados, para "evitar solapamientos con otras entidades o asociaciones profesionales".
Otra de las recomendaciones pasa por incluir "expresamente"> que toda actuación del Consejo General y de los Colegios Profesionales debe respetar los límites de la Ley 15/2007 de Defensa de la Competencia y los principios de buena regulación y proporcionalidad establecidos en el Real Decreto 472/2021, así como "modular la implantación de sistemas de certificación por parte de los colegios profesionales y advertir de su carácter voluntario, no oficial y compatible con otras certificaciones existentes en el mercado".