El Congreso aprobará mañana la reforma de la Ley del Menor, que aumenta las penas hasta 8 años por violación o asesinato

Eximirá a los menores de declarar ante un juez en todos los procedimientos penales y podrá aplicarse hasta los 21 años

Europa Press Sociedad
Actualizado: miércoles, 21 junio 2006 19:21

MADRID, 21 Jun. (EUROPA PRESS) -

El pleno del Congreso de los Diputados aprobará mañana, previsiblemente, la reforma de la Ley del Menor para su posterior trámite en el Senado, que incluye un endurecimiento de las medidas, hasta los 8 años de internamiento, por delitos de violación o asesinato. La reforma incluirá algunas novedades, introducidas por los distintos grupos en el trámite de enmiendas, entre ellas la exención de los menores de edad de la obligación de declarar ante un juez en todos los procedimientos penales, tanto si es víctima como testigo, como por ejemplo en aquellos casos que hayan presenciado la muerte de su madre por violencia de género.

Esta enmienda ha sido impulsada por CiU y aunque la enmienda salió adelante sin el apoyo del PSOE, que se quedó en minoría, los socialistas podrían sumarse al consenso mediante un texto transaccional, según informó a Europa Press la diputada catalana Mercè Pigem.

El objetivo es que en las declaraciones que presten los menores en los procedimientos penales se garanticen las mismas cautelas, tanto si el menor es víctima del caso (como el acoso sexual), como si es víctima. De esta forma, se tomará declaración al menor a través de un experto al que el juez, el ministerio fiscal y las partes habrán facilitado previamente las preguntas. Su declaración será seguida a través de un espejo unidireccional o un circuito cerrado de vídeo por el juez y las partes y será grabada en soporte audiovisual.

INTERNAMIENTO DE HASTA 8 AÑOS

Más allá de esta cuestión, la reforma de la Ley del Menor prevé, en líneas generales, un endurecimiento de las medidas para los delitos más graves y responder a nuevas realidades sociales como las bandas juveniles, el acoso escolar, así como medidas de protección a los menores que han sido víctimas de un delito contra su indemnidad sexual.

Por otra parte, el texto que aprobará el Congreso permitirá su aplicación a los jóvenes de entre 18 y 21 años, frente al proyecto de Ley que redactó Justicia, que suprimía esta posibilidad.

La Ley vigente permitía ya su aplicación a los mayores de dieciocho años y menores de veintiuno (aunque hay una moratoria hasta enero de 2007) siempre y cuando se trate de una falta, sin violencia o intimidación y que las circunstancias personales del imputado y su grado de madurez lo aconsejen.

ENMIENDAS AL TEXTO.

La reforma de la Ley también incorpora otra enmienda de CiU para posibilitar que un menor que sea detenido pueda mantener una entrevista reservada con su abogado previamente a que se le practique la diligencia de toma de declaración.

Por otra parte, los socialistas han aceptado una enmienda de ERC que abre la posibilidad de que un mismo juez de menores siga todos los casos, en el supuesto de que un delincuente juvenil reincida, con el fin de garantizar la estabilidad y el seguimiento de su evolución.

Siguiendo el criterio de la Generalitat, ERC entiende que el primer juez sentenciador es el más indicado para ejecutar las medidas firmes que se vayan dictando sobre el mismo, para evaluar el contexto y todas las circunstancias del menor.

La Ley también señalará la necesidad de que el Consejo de Política Fiscal y Financiera evalúe las obligaciones de gasto que supondrá para las comunidades autónomas.

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