Consumidores piden la declaración de zona catastrófica para cubrir los daños por las borrascas

Recomiendan recopilar pruebas para demostrar el origen, el alcance y las consecuencias del temporal

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Imagen de la localidad gaditana de San Martín del Tesorillo y su entorno próximo inundado tras el paso de la borrasca Leonardo.
Imagen de la localidad gaditana de San Martín del Tesorillo y su entorno próximo inundado tras el paso de la borrasca Leonardo. - Francisco J. Olmo - Europa Press
Europa Press Sociedad
Actualizado: jueves, 5 febrero 2026 19:05

   MADRID, 5 Feb. (EUROPA PRESS) -

   La Asociación Española de Consumidores ha pedido que el Gobierno declare las áreas afectadas por el tren de borrascas de las últimas semanas como Zonas Afectadas Gravemente por una Emergencia de Protección Civil, la anterior zona catastrófica, para que el Fondo de Compensación de Seguros pueda ofrecer cobertura para los daños que se han producido en casas, vehículos y empresas.

   Según ha explicado, los ciudadanos deben realizar la reclamación por los daños de las borrascas ante la compañía de seguros. De manera posterior, se analizará quién es realmente es responsable del abono de las indemnizaciones. "Habrá que estar pendientes a los informes que se hagan desde los Ayuntamientos para que el Consejo de Ministros de España pueda declarar zona catastrófica las zonas, cuestión que hasta ahora no ha trascendido", ha puntualizado la organización.

   La asociación ha recalcado la importancia de guardar "todos" los enseres y parte del contenido que se haya roto o deteriorado hasta que llegue el perito. En el caso de que el género estropeado sea perecedero, insta a hacer un inventario y fotografías para poder acreditar que existía antes del siniestro.

   Además, ha habilitado un canal para que los afectados puedan llevar a cabo sus consultas o posibles reclamaciones, en el correo electrónico consultas@consumoenpositivo.es, desde el que asesorarán en primer lugar sobre coberturas existentes en las pólizas. "Es importante tener una póliza de seguro bien contratada (bien definido el riesgo, los capitales de continente y contenido actualizados a valor de nuevo, etc)", ha indicado.

   También ha ofrecido sus abogados para realizar una reclamación ante el Consorcio de Compensación de Seguros o la propia compañía aseguradora. "En el caso de siniestro indemnizable por nuestra propia compañía se dará parte antes de siete días de haberlo conocido", ha añadido.

   Por su parte, desde la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) recuerdan que, en el caso de daños por riesgos extraordinarios, como los causados por la borrasca 'Leonardo' en amplias zonas de la Península, especialmente en Andalucía y Extremadura, el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) se hace cargo de las indemnizaciones para las personas, los vehículos y viviendas, siempre que estén previamente asegurados.

   Por ello, en caso de sufrir un siniestro extraordinario, y siempre que esté asegurado, OCU recomienda, además de comunicarlo a la aseguradora, ponerlo en conocimiento del Consorcio lo antes posible. En este punto, precisa que conviene saber que se aplican periodos de carencia (por ejemplo, en determinados casos 7 días desde vigencia de la primera póliza o de las siguientes si hay periodos entre medias sin cobertura) e indemniza únicamente según lo contratado en la póliza privada.

   No obstante, añade que, aún en el caso de que los daños sufridos no quedaran al amparo del Consorcio de Compensación de Seguros, podrían estar igualmente cubiertos por el seguro del titular.

   Por ejemplo, en el caso de las viviendas, recuerda que algunos riesgos y fenómenos de la naturaleza (lluvia, granizo, etc.) suelen estar cubiertos por el seguro de hogar cuando superan una cierta intensidad; mientras que en los automóviles se podrán reclamar los daños que no se consideren extraordinarios a las compañías de seguro los propietarios que tengan contratado un seguro de daños propios en la modalidad de todo riesgo. En cualquier caso, si el granizo o las tormentas han causado daños, OCU recomienda revisar las condiciones del seguro y reclamar.

   Por todo ello, la organización recomienda a los afectados recopilar todas las pruebas para poder demostrar el origen y consecuencias del daño (como informes de agencias u observatorios meteorológicos, recortes de periódicos, fotos, vídeos, informes de emergencias, policía, protección civil, bomberos...) y buscar testigos.

   De esta forma, indica que se deben acumular todas las pruebas que acrediten el siniestro y sus efectos, al tiempo que anima a los consumidores a reclamar a las aseguradoras ante posibles incumplimientos de contrato.

¿CÓMO RECLAMAR AL SEGURO?

   En la misma línea, Legálitas recomienda a los afectados por las borrascas no tirar nada roto hasta que venga el perito o se haya dejado evidencia fotográfica del daño y guardar todas las comunicaciones con el seguro (emails, números de partes, nombres de personas de contacto). En el caso de que haya daños estructurales graves, ha recomendado una asesoría técnica independiente.

   Además, si la aseguradora se retrasa o pone pegas, señala que se puede interponer una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente de la compañía, del Consorcio --en caso de siniestro Consorciable-- o bien acudir a reclamaciones de consumo (aunque en este caso es conveniente contar con asesoramiento legal previo).

   Como pasos a seguir para tramitar la indemnización, explica que, el primer paso es avisar a la compañía de seguros "lo antes posible". De hecho, la ley establece un plazo de siete días como máximo para hacerlo desde que ocurren las inundaciones para no perder el derecho a indemnización. En este sentido, Legálitas indica que es recomendable conocer las coberturas del seguro de coche y/o hogar para saber si cubre daños por fenómenos meteorológicos/extremos.

   A continuación, hay que aportar todas las pruebas posibles del suceso: listado de lo que se ha estropeado y un valor aproximado de cada cosa; fotos y vídeos de cada daño (paredes, suelos, muebles, electrodomésticos, etc.); facturas o 'tickets' de gastos urgentes (alojamiento, limpieza, reparaciones provisionales); e informes oficiales si los hay (policía, bomberos, protección civil).

   Cuando se trata de fenómenos extraordinarios como inundaciones muy fuertes, alerta de que es posible que no sea la compañía de seguros la que pague, sino que el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS) se haga cargo de los daños directos de la inundación y la aseguradora en caso de tener la cobertura de fenómenos atmosféricos, lo haga de daños directos de la lluvia. Así, para pedir la indemnización al Consorcio, se puede llamar al organismo a través del teléfono o rellenar el formulario en la web. De acuerdo con Legálitas, este es un trámite que se puede realizar desde el primer momento.

   Por último, señala que, una vez notificado el daño, el perito del seguro o del Consorcio visitará el lugar para ver los daños y preparar un informe técnico. Una vez lo evalúe, o el Consorcio o la aseguradora determinarán el importe de la indemnización en función de lo que cubre la póliza. El pago suele hacerse por transferencia.

    "Si los daños no son "extraordinarios", parte puede cubrirlo el seguro tradicional según la cobertura contratada. Por ello, si no se está de acuerdo con el informe pericial e infravaloran daños, es posible pedir un perito independiente para una segunda valoración e incluso reclamar por escrito", concluyen.

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