La Defensora del Pueblo critica a Tráfico por poner más celo en sancionar que en atender recursos de conductores

Actualizado: miércoles, 27 febrero 2013 13:03

MADRID, 27 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, ha señalado que "no es de recibo" que las administraciones encargadas de gestionar el procedimiento sancionador de Tráfico manifiesten "celo en la exigencia de cumplimiento de las obligaciones que corresponden a los ciudadanos", mientras que "desatienden sus obligaciones legales" en relación con la resolución de recursos administrativos presentados por los conductores ante una multa.

En su Informe Anual, la Defensora de la Pueblo, que reconoce el trabajo realizado por la Administración para reducir el número de accidentes mortales estos últimos años, apunta sin embargo que en 2012 su oficina recibió 470 quejas sobre el procedimiento sancionador de Tráfico, lo que convierte a este asunto en el segundo con mayor número de quejas en el área de Seguridad y Justicia, tras prisiones, y en al menos 127 de estas quejas se ha detectado "algún indicio de indefensión" de los reclamantes.

Uno de los temas que suscita "numerosas reclamaciones" es la ausencia de contestación por parte de la Administración a los recursos de reposición que los conductores presentan cuando no están de acuerdo con la multa que han recibido. La Defensora recoge varios casos en los que Tráfico había ignorado la presentación de pruebas contra la sanción con "una exigua motivación" y señala que "la tendencia de la Administración es tratar de justificar su inactividad", amparándose en que queda abierta la vía de los tribunales.

Sin embargo, la Defensora del Pueblo recuerda que si bien el ciudadano no está obligado a recurrir, "la Administración sí lo está a resolver, de forma expresa, el recurso presentado" y es "incuestionable" que la Administración no puede verse beneficiada por el incumplimiento de su obligación de resolver expresamente en plazo. Además, subraya que aceptar los recursos "no es una cortesía institucional sino una garantía esencial del Estado de Derecho".

Según la última reforma de la Ley de Tráfico, tras recibir una multa de tráfico, el conductor tiene la opción de pagar la sanción con un descuento del 50 por ciento en un plazo de 20 días o presentar un recurso de reposición ante la propia Administración, si no está de acuerdo con la sanción, tratando de demostrar que no cometió la infracción. Adicionalmente, el conductor tiene la opción de recurrir la multa ante los tribunales.

"Las quejas referidas a esta materia son admitidas a trámite con la Administración sancionadora, no sólo para comprobar si la actuación administrativa se ajusta a la legalidad, sino para evitar, en la medida que sea posible, que el ciudadano se vea forzado a acudir a la vía judicial", insiste.

Por todo ello, la Defensora del Pueblo considera que "si se intensificaran los esfuerzos de las administraciones para convertir el procedimiento administrativo sancionador de tráfico en un procedimiento, si cabe, más garantista" se superaría la percepción, "quizá un tanto distorsionada", que tiene la ciudadanía de que las multas sirven para recaudar.

PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Por otro lado, la Defensora del Pueblo se queja de que en algunos casos los ayuntamientos "los ayuntamientos ignoran o interpretan restrictivamente los derechos que la normativa autonómica reconoce a las personas que tienen reducida su movilidad".

Así, recoge el caso del Ayuntamiento de Cádiz que hasta finales de marzo de 2011 no aplicó lo dispuesto el reglamento que reguló las normas para la accesibilidad en las infraestructuras, el urbanismo, la edificación y el transporte en Andalucía, a pesar de que dicho reglamento había entrado en vigor dieciocho meses antes.

También señala que el Ayuntamiento de Barcelona no aceptó una recomendación de la Defensora del Pueblo para que las indicaciones escritas que se incluyan o acompañen a los paneles de señalización de las vías urbanas de su titularidad figuren no sólo en catalán sino también en castellano.