ERC plantea en el Congreso regular que se priorice el comercio justo en los contratos de la Administración Pública

Actualizado: domingo, 27 mayo 2012 13:43

MADRID, 27 May. (EUROPA PRESS) -

ERC ha registrado en el Congreso una proposición de ley de modificación del texto refundido de la Ley de Contratos del sector público para que el Ejecutivo favorezca el comercio justo en los contratos de la Administración Pública.

En el texto --recogido por Europa Press y registrado por el diputado de ERC en el Congreso, Joan Tardà, y el portavoz del Grupo Parlamentario Mixto, Xabier Mikel Errekondo--, se subraya que la opción de las administraciones públicas por productos de Comercio Justo es una práctica de Compra Pública Ética "coherente" con los compromisos de reducción de la pobreza y de la cooperación para el desarrollo.

En este sentido, señala que la inclusión de criterios de Comercio Justo en los contratos públicos "es ya una realidad" para numerosas administraciones estatales, regionales y locales y, especialmente, para las instituciones de la Unión Europea por lo que considera que el Estado "no puede obviar esta realidad y debe sumarse a las iniciativas existentes en este sentido".

Además, ve necesario destacar y potenciar la Resolución aprobada por el Parlamento Europeo sobre Comercio Justo y Desarrollo, en la que expresamente insta a las instituciones públicas a integrar criterios de Comercio Justo en sus contratos públicos.

Por todo ello, entre otras modificaciones, la iniciativa plantea que no puedan contratar con el sector público aquellas personas que incumplan con los Convenios Fundamentales de la Organización internacional del Trabajo (OIT) mientras que en los contratos de suministro y de servicios deberán incluir una acreditación verificable de que los productos a suministrar han sido fabricados, ya sea de forma directa o mediante subcontratación, en cumplimiento de las Convenciones Fundamentales de la OIT.

Asimismo, recoge que los órganos de contratación puedan establecer condiciones especiales en relación con la ejecución del contrato, siempre que no sean discriminatorias y se indiquen en el anuncio de licitación y en el pliego o en el contrato, relativas a cuestiones medioambientales, sociales o criterios de comercio justo.

Además, plantea que se consideren productos de comercio justo aquellos que otorguen un precio justo a la persona productora, que garanticen unos ingresos justos y que permitan cubrir unos costes sostenibles de producción y de subsistencia. Este precio debe igualar, por lo menos, al precio y la prima mínimos definidos por las asociaciones internacionales de comercio justo.

Parte del pago del producto se debe efectuar por adelantado, si la persona productora así lo solicita; y debe implicar una relación estable y a largo plazo con las personas productoras, así como transparencia y trazabilidad en toda la cadena de abastecimiento, respeto del medio ambiente y de los derechos humanos, y condiciones de producción que respeten los ocho convenios fundamentales de la OIT, entre otros supuestos.