El ex presidente de la Audiencia de Las Palmas, condenado a un año y medio de inhabilitación

Actualizado: miércoles, 15 abril 2009 21:18


LAS PALMAS DE GRAN CANARIA, 15 Abr. (OTR/PRESS) -

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha decidido condenar al que fuera presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas, José Antonio Martín Martín, a suspensión para empleo o cargo público que implique el desempeño de funciones jurisdiccionales durante un año y seis meses. La razón es un presunto delito de actividades prohibidas a los funcionarios públicos, después de que Martín fue apartado en sus funciones tras ser acusado de haber otorgado favores judiciales al narcotraficante Rafael Bornia.

En la sentencia, dada a conocer hoy por el TSJC, la Sala de lo Civil condena también a Martín a una pena de 8 meses de multa con una cuota diaria de 30 euros, además de al abono de la mitad del total de las costas procesales causadas. Asimismo, condena al empresario Wilebaldo Luis Yanes, como autor por cooperación necesaria criminalmente responsable de un delito de actividades prohibidas a los funcionarios a la pena de multa de 5 meses con una cuota diaria de 30 euros y suspensión para empleo o cargo público durante 8 meses.

Y es que la Sala considera probado que el acusado Luis Yanes mantenía, desde hace mucho tiempo, una "intensa relación de amistad" con el magistrado Martín Martín, al tiempo que mantenía relaciones comerciales con Julio Bornia Bordón, a quien conoce desde 2001. Entonces, en 2005 Bornia Bordón conoció la amistad que une al empresario con el entonces presidente de la Audiencia Provincial de Las Palmas, al que explicó la situación en la que se encontraba su hermano Rafael Bornia Bordón, en prisión provisional imputado por un presunto delito de tráfico de armas.

De hecho, en aquel momento, la situación de Rafael estaba pendiente de revisión ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, en virtud de la interposición de recursos de apelación. Tras conocer esta situación, Julio Bornia Bordón intentó "utilizando a Wilebaldo Luis Yanes, una serie de maniobras tendentes a buscar contacto directo con José Antonio Martín y poder, de esta forma expresarle su deseo de que su hermano Rafael fuese puesto en libertad", y obtener del magistrado la estrategia procesal que debería seguir para obtener su libertad.

En este sentido, la Sala sostiene que tras varias comunicaciones telefónicas, Julio Bornia se reunión con Martín en el domicilio de este último, Allí, Bornia facilitó al magistrado determinada documentación para que la estudiara y le insistió en lo "injusto" que le parecía la situación de prisión de su hermano Rafael. Posteriormente, en junio, Luis Yanes informó a Julio Bornia de que había entregado a Martín "nueva documentación", al tiempo que le transmitió la "necesaria tranquilidad", ya que "el magistrado estaba haciendo todo lo que podía".

"DILE QUE NO SE ENROLLE"

Cuando se acercó el momento de la vista del recurso de apelación para tratar el tema de la puesta en libertad de Rafael Bornia, previsto para el 28 de julio de 2005, el magistrado llamó a Luis Yanes para confirmarse que la sección encargada del recurso era la que él presidía, y para darle "una serie de recomendaciones" a Julio Bornia Bordón. En concreto, según la sentencia le dijo: "dile que no se enrolle, que explique las cosas claritas y sencillas, confianza y seguridad. Que explique la procedencia del dinero, que lo explique clarito y sencillo. Que lo explique de palabra, pero de una forma sencilla sin rollos y que diga que está dispuesto a prestar una fianza, la cantidad que se le diga".

En los momentos previos a la celebración de la vista, el magistrado comentó al fiscal encargado del recurso, Javier García Cabañas, la posibilidad de que la Fiscalía modificara su criterio y pidiese la libertad de Rafael Bornia. Sin embargo, el fiscal lo rechazó y se mostró contrario a solicitar la libertad del acusado con la prestación de una alta fianza. Posteriormente, en la fase de deliberación, Martín interesó que se acordase la libertad de Rafael Bornia mediante la imposición de una alta fianza, un criterio que no fue aceptado por los otros dos magistrados que formaban la sala. Según el TSJC, Martín nunca advirtió a sus compañeros "de todos los contactos, encuentros y conversaciones mantenidas con anterioridad" con Julio Bornia.

Esta sentencia contó con el voto particular del magistrado Javier Varona Gómez-Acebo quien, aunque se muestra de acuerdo con los hechos declarados probados, discrepa de la decisión. Y es que entiende que, hasta que se resuelva su situación penal y disciplinaria, la conducta de Martín "puede ser reprobable desde el punto de vista ético, social o disciplinario", pero no penal. Por ello, entiende que la resolución debía finalizar con un fallo absolutorio para ambos acusados. En su opinión, queda probado que Martín "hizo lo posible para que el procesado Rafael Bornia quedara en libertad bajo fianza, pero no queda probado que realizara actividad alguna de asesoramiento ni de ninguna otra especie al servicio o para el beneficio de Julio Bornia".

Finalmente, la resolución se pondrá en conocimiento del Consejo General del Poder Judicial y, una vez firme, se hará saber a dicho organismo con remisión de la que pudiera dictarse, en su caso, por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo.