El fiscal solicita una vista para pedir la prisión provisional de Maeso ante el riesgo de fuga

Actualizado: miércoles, 16 mayo 2007 16:13


VALENCIA, 16 May. (EUROPA PRESS) -

El fiscal Javier Carceller, encargado de la causa contra el anestesista Juan Maeso, condenado por la sección segunda de la Audiencia Provincial de Valencia a 1.933 años de prisión por el contagio del virus de la hepatitis C a 275 pacientes intervenidos quirúrgicamente en cuatro hospitales de la capital entre los años 1988 y 1998, ha solicitado una vista para pedir la prisión provisional para el facultativo al considerar que existe riesgo de fuga.

Carceller avanzó esta iniciativa en una rueda de prensa a los medios de comunicación, después de conocerse el fallo contra el anestesista que fue leído ayer públicamente en el salón de actos de la Ciudad de la Justicia de Valencia en presencia de afectados y abogados y en ausencia del condenado.

Así, el fiscal explicó que ayer, tras conocer la sentencia de condena, solicitó una vista para pedir la prisión provisional de Maeso, ya que la Ley de Enjuiciamiento Criminal prevé en el artículo 505 que las peticiones se tienen que hacer "a través de una vista", recordó, al tiempo que matizó que cuando la sentencia no es firme, "permite ingresar en prisión" al acusado hasta la mitad del tiempo máximo de la condena, en este caso, "10 años, porque el máximo se establece en 20 años".

En este sentido, Carceller puntualizó que el anestesista podría pasarse hasta un máximo de 10 años en prisión preventiva, mientras se tramita el recurso de casación, "aunque no sería por tanto tiempo", auguró. Además, aclaró que su petición "no es una solicitud de pena anticipada ni de cumplimiento anticipado, sino de prisión preventiva por riesgo de fuga". El objetivo, dijo, no es que Maeso "cumpla la condena antes de tiempo, sino esperar a que ésta sea firme y se ejecute".

En cuanto al riesgo de fuga, Maeso no dispone de su pasaporte desde 1998 --documento que reclamó durante su intervención en el último día de juicio--, aunque el fiscal matizó que en el ámbito de la Comunidad Económica Europea y "con la libertad de movimientos que existe", apostilló, "hay muchos sitios donde poder marcharse, y con el propio Documento Nacional de Identidad (DNI) se puede salir del territorio".

Recordó, así mismo, que el Código Penal dispone que para las personas mayores de 70 años --Maeso tiene 65 años-- "los servicios sociales penitenciarios tienen que valorar la viabilidad de que los condenados queden ingresados en prisión y es muy posible que se queden a pesar de ser tan mayores, aunque eso ya no depende de nosotros", matizó. No obstante, indicó que hay determinados beneficios penitenciarios que se conceden por la edad como un adelantamiento de la libertad condicional.

Preguntado por su valoración personal sobre la sentencia, afirmó que "estima todas las peticiones del fiscal fundamentadas en unos hechos que siempre hemos entendido muy claros y que constantemente se negaban".

Puntualizó, en este sentido, que el fiscal "nunca ha salido antes de la sentencia a discutir nada en los medios de comunicación porque ha querido ser garante de la independencia a los jueces y de la realización de un proceso justo teniendo en cuenta el derecho a la presunción de inocencia del procesado". "Ha sido en el juicio, según marcan las normas procesales, donde hemos explicado la prueba de cargo, y no en los medios de comunicación".

"Por este motivo --agregó-- en la opinión pública, a través de las noticias que se estaban filtrando, no había una transparencia sobre cuáles eran los argumentos que defendía el fiscal, ya que éste los expuso en su informe, antes no había explicado nada nunca".

"CALCO DE LA POSTURA DEL FISCAL"

Carceller subrayó que la sentencia "es un calco de la postura del fiscal" excepto en que "rebaja exclusivamente un año la pena por cada afectado, de ocho a siete años" por el delito de lesiones. Señaló que "se ha respetado la posición del fiscal, no sólo por la condena por delito doloso por lesiones, sino también por fallecimiento, entendiendo una disfunción entre lo querido y el resultado".

En su opinión, la condena "es absolutamente conforme con la posición que ha mantenido el fiscal desde el principio, con las conclusiones provisionales y con las definitivas". Así, indicó que las responsabilidades civiles "también quedan cubiertas". "A partir de la condena, las compañías aseguradoras deben responder por cada uno de los afectados", dijo.

Además, mostró su satisfacción porque la sentencia condena a la Conselleria de Sanidad "no sólo por las actuaciones en las que el procesado intervino como facultativo de la medicina pública, sino también por las que realizó en la medicina privada". Al respecto, consideró que la responsabilidad civil subsidiaria de los entes públicos "se debe exigir no sólo cuando se actúa desde los ámbitos de la actuación pública, sino también por la culpa invigilante". Por todo ello, afirmó que la condena "nos da razón tanto en la vía penal como en la vía civil".

Por su parte, Enrique Remón, otro de los fiscales encargados de la causa contra Maeso, indicó que la sentencia "no es ninguna sorpresa". En su opinión, "durante mucho tiempo se ha atacado la instrucción mientras que ésta ha sido muy seria, con profesionales muy serios como forenses o psicólogos, y no es ninguna sorpresa para nosotros", añadió.