El proyecto del gasoducto asturiano no será sometido a evaluación de impacto ambiental

Actualizado: martes, 19 agosto 2008 19:20

OVIEDO, 19 Ago. (EUROPA PRESS) -

La secretaría de Estado de Cambio Climático del Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino, publica hoy en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la resolución por la que se adopta la decisión de no someter a evaluación de impacto ambiental el proyecto Gasoducto El Musel-Llanera.

La decisión se tomó a propuesta de la dirección general de Calidad y Evaluación Ambiental porque "no se observa que el proyecto vaya a producir impactos adversos", con las condiciones y modificaciones asumidas por el promotor como consecuencia de las respuestas a las consultas a la Confederación Hidrográfica del Norte y antigua dirección general para la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente, direcciones generales de Agua y Calidad Ambiental, y de Biodiversidad y Paisaje de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural del Principado de Asturias y Ayuntamiento de Gijón.

El proyecto consiste en la instalación de una nueva conducción de gas con una anchura de pista de trabajo normal de 24 metros a lo largo de 17.100 metros en los términos municipales de Gijón y Llanera (Asturias). La citada anchura se reduce a 14 metros en los cruces con los cursos fluviales. Tras las obras queda una servidumbre de paso de cuatro metros de ancho (dos metros a cada lado del eje de la tubería) y con limitación de plantar árboles y arbustos en esa franja.

El promotor considera que el trazado que presenta una menor afección ambiental es el denominado Trazado Básico 1. Esta decisión se justifica en base a que el Trazado Básico 1 no supone ninguna dificultad constructiva, discurre durante bastante tramo paralelo al gasoducto existente Red de Gijón, atraviesa terrenos menos escarpados y afecta a menor superficie de hábitats de interés comunitario.

La alternativa seleccionada es la considerada mejor por la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural del Principado de Asturias, por su mayor lejanía de la ZEPA y por su menor afección a hábitats de interés comunitario. El proyecto final incluye una modificación de trazado para minimizar las afecciones puestas de manifiesto por el Ayuntamiento de Gijón.

Según consta en la resolución, la actuación proyectada se localizará principalmente en terrenos próximos a zonas industriales y otras zonas correspondientes a pastizales, por lo que el proyecto no supone un cambio importante en el uso del suelo, limitándose a la franja de ocupación y servidumbre del gasoducto. En este sentido, se considera la capacidad de carga del medio para acoger dicha actuación como alta.

El estudio señala que los impactos mayores se producirán en la fase de obra y considera que las actuaciones durante esta fase provocarán un impacto "poco significativo". Los principales impactos considerados son el desbroce y los movimientos de tierras necesarios para la excavación de la zanja e instalación de la conducción proyectada.

Las actuaciones proyectadas no se localizan sobre espacios integrantes de la Red Natura 2000 ni de la Red Regional de espacios protegidos del Principado de Asturias. No obstante, dado que el trazado del gasoducto se encuentra próximo a la ZEPA Embalses del Centro (San Andrés, la Granda, Trasona y la Furta) y discurrirá sobre varias manchas de hábitats de interés comunitario y prioritarios recogidos en Directiva 92/43/CEE, "se deberán cumplir las consideraciones ambientales propuestas por la Confederación Hidrográfica del Norte, la antigua Dirección General para la Biodiversidad del Ministerio de Medio Ambiente y las Direcciones Generales de Agua y Calidad Ambiental, y de Biodiversidad y Paisaje de la Consejería de Medio Ambiente y Desarrollo Rural del Principado de Asturias, ya asumidas por el promotor".

Esos impactos quedarán minimizados con la adopción de las condiciones y las modificaciones (incluidas las propuestas por el Ayuntamiento de Gijón) asumidos por el promotor e incorporados al proyecto.