El TSJA acepta el recurso de la madre a la que fue retirada la custodia de sus hijas durante 6 años

Actualizado: miércoles, 1 julio 2009 19:29


SEVILLA, 1 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha aceptado la preparación del recurso presentado por la defensa jurídica de Carmen Espejo, la madre a quien le fue retirada la custodia de sus dos hijas en el año 2000 y que no pudo recuperarla hasta 2006, contra la sentencia dictada por la misma sala que obliga a la Junta a abonar 140.000 euros a Carmen y a su familia.

Así lo dio a conocer en declaraciones a Europa Press el abogado de Carmen Espejo, Enrique Carrasquilla, quien explicó que ahora este recurso le será devuelto por el TSJA con objeto de que lo eleve ante el Tribunal Supremo (TS), para lo cual cuenta con un plazo de 30 días desde el día siguiente a la notificación de la providencia.

En este sentido, Carrasquilla recordó que la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de la Junta de Andalucía decidió no recurrir la sentencia aduciendo para ello que el fallo "no llegaba a la cuantía mínima de 150.000 euros, y por ello no podía recurrirse en casación", lo cual "es un planteamiento incorrecto, porque dicho requisito, establecido en el artículo 86 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, se refiere a la cuantía del pleito --en este caso de 1,8 millones de euros-- y no a la de la sentencia".

Al hilo de ello, opinó que, "tal vez, las afirmaciones hechas por la Junta en este sentido no sean producto de un error --que sería grave teniendo tantos asesores como tienen--, sino que es un pretexto ante la opinión pública para no defender la actuación de sus propios técnicos, sabiendo de antemano que lo que hicieron con Carmen es absolutamente indefendible".

Asimismo, argumentó que el recurso presentado ante el TSJA "no va formalmente encaminado a obtener un mayor quantum indemnizatorio, pues la fijación de cantidades por estos conceptos es competencia exclusiva y soberana del tribunal de instancia", sino que, en el caso de que prosperen nuestras alegaciones y el Supremo estime el recurso, en ese caso sí tendría que entrar en el fondo de la cuestión, reexaminar los hechos y sus circunstancias y, con ello, sería posible una revisión de la cantidad fijada en el fallo del TSJA".

De igual modo, informó de que ya ha solicitado la ejecución provisional de la sentencia, argumentando para ello que, dado que la Junta "ha aceptado la condena y no ha recurrido el fallo, ningún daño o perjuicio puede derivarse de la ejecución provisional que se interesa ni, consecuentemente, será necesaria la adopción de medidas de aseguramiento".

EL FALLO

La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, estima parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la representación jurídica de Carmen Espejo contra la resolución desestimatoria del departamento que dirige Micaela Navarro de la reclamación de responsabilidad patrimonial presentada el 25 de enero de 2006, por el que se pedía 1,8 millones de euros por los daños morales causados a la madre y a la abuela debido a la retirada irregular de las niñas.

En este sentido, el abogado de Carmen Espejo, Enrique Carrasquilla, aseguró que el TSJA "vuelve a reconocer, como ya hizo la Audiencia Provincial, que la Junta actuó con crueldad y causó un daño ilegítimo" a todos los intervinientes en esta causa, pues las dos menores "no estaban en situación de desamparo" y "se trata de un supuesto en el que la Administración se debió de abstener de intervenir sobre la guarda y custodia", tal y como recoge el fallo.

Así, y aunque el fallo del TSJA estima que la Administración "debe responder por los daños causados", pone de manifiesto posteriormente que la cuantía de 1,8 millones de euros solicitada "es manifiestamente desproporcionada", por lo que ve "razonable" indemnizar a la madre y a cada una de las menores con 40.000 euros y a la abuela con 20.000.