La ACAV cree "insólita" la sentencia de la AN que exonera a AENA por el 'plante' de controladores

ACAV
EUROPA PRESS
Actualizado: jueves, 18 abril 2013 21:41

BARCELONA, 18 Abr. (EUROPA PRESS) -

La Asociación Catalana de Agencias de Viajes (ACAV) ha calificado de "insólito y peligroso precedente" la sentencia de la Audiencia Nacional (AN) en la que rechaza que Aena, dependiente del Ministerio de Fomento, tenga que afrontar la responsabilidad patrimonial por el caos y el cierre del espacio aéreo que se produjo en el puente de la Constitución de 2010 a causa de una huelga de controladores que obligó a la declaración del estado de alerta por primera vez en democracia.

Según ha informado la ACAV en un comunicado este jueves, "al amparo de esta sentencia se deja a los ciudadanos totalmente indefensos ante cualquier acción, por ejemplo, una huelga salvaje que puedan realizar los empleados públicos".

Ha criticado que se permita su "impunidad" en casos como el de la huelga de controladores en 2010 al establecer que en ese momento se había producido una ruptura de la relación laboral entre AENA y los controladores.

En la primera sentencia que dicta la Audiencia Nacional por este asunto, la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo desestima el recurso de apelación que presentó la agencia Viatges Panorama Cultural contra una sentencia del Juzgado Central número 1 que rechazó la responsabilidad patrimonial del organismo estatal y la indemnización de 35.757,52 euros que reclamaba el recurrente por daños morales y materiales.

Según fuentes jurídicas, los 12 juzgados centrales de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional tienen que resolver cerca de 7.000 reclamaciones de agencias de viajes, operadores y particulares que sufrieron el paro convocado entre los días 3, 4 y 5 de diciembre de 2010, que se resolverán previsiblemente de acuerdo con este criterio.

Por ello, la ACAV ha confiado en que la AN modifique en breve su criterio de cara al resto de las reclamaciones presentadas bajo la plataforma promovida por la Acav y bajo la dirección letrada del Bufete Muro Abogados.

"SITUACIÓN IMPREVISIBLE".

La resolución, que es firme y contra la que no cabe recurso, da la razón al tribunal de instancia al considerar que el abandono de la mayoría de controladores de sus puestos de trabajo constituyó "una situación absolutamente imprevisible, grave, insuperable, irresistible a corto y medio plazo, y ajena a la planificación propia de cualquier empresa".

Es por ello que en estas condiciones, según el tribunal, "el cierre de las posiciones de trabajo y la no admisión de tráfico aéreo resultó la única solución acorde a un mínimo criterio de prudencia y salvaguarda de la seguridad aérea, tanto en consideración a la vida e integridad de las personas como de las propias instalaciones aeroportuarias".

En conclusión, según los magistrados, "no dejaría de resultar paradójico que el sujeto pasivo (la Administración pública) de la acción de los controladores sea, a su vez, quien deba indemnizar a terceros", cuando, además, el espacio aéreo se cerró precisamente en garantía de la vida y la integridad de aquellos propios terceros que ahora demandan su responsabilidad patrimonial.