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PALMA DE MALLORCA, 15 Ene. (EUROPA PRESS) -
El Colegio de Administradores de Fincas de Baleares cree "necesario regular el arrendamiento turístico como actividad empresarial" y aunque están de acuerdo con los objetivos del Real Decreto-Ley 21/2018, de 14 de diciembre, de Medidas Urgentes en materia de Vivienda y Alquiler ven improbable que consiga "ampliar el parque de viviendas en alquiler".
En concreto, desde el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (Cgcafe), están de acuerdo con las medidas de este real decreto aprobado en diciembre referidas "a la urgencia" de la adopción de medidas en materia de alquiler por "la grave situación de vulnerabilidad económica y social de gran número de familias, la evolución de los precios del alquiler desde el año 2011 y la escasez de vivienda social".
Asimismo, comparten el objetivo de dar respuesta a los numerosos problemas, "en especial de convivencia, que está generando la modalidad de alquiler de uso turístico".
A pesar de esto, consideran que con las medidas adoptadas "es muy probable que no se consiga dar solución a las dificultades actualmente existentes, porque siguen sin ofrecer seguridad jurídica y procesal a los propietarios para que pongan sus inmuebles en el mercado del alquiler".
Según comentan, "durante la crisis la contracción del mercado de compra-venta de viviendas, el descenso en el poder adquisitivo y la inestabilidad laboral" lograron "un cierto impulso" del mercado del alquiler, pero "la irrupción del arrendamiento turístico ha revolucionado el sector inmobiliario provocando un incremento constante en los precios".
Aunque señalan que "no se puede establecer como causa única para la subida de los precios", el auge de la vivienda turística "si es un hecho fundamental y determinante", dado que los propietarios consideran mejor este tipo de alquiler "no solo por ser más rentable, sino por ser más seguro al no verse expuesto el arrendador al drama de los impagos" que se producen en viviendas de uso residencial destinadas al alquiler "y a las cargas inherentes a cualquier reclamación judicial en esta materia".
De esta manera, los administradores de fincas colegiados consideran necesario que la LAU recoja una definición "más precisa del arrendamiento de uso turístico diferenciándolo del tradicional arrendamiento de temporada". Asimismo, creen que se debería haber analizado "el arrendamiento turístico en un marco global que permitiera una regulación más homogénea en todo el país".
Con esto, consideran que "se ha perdido la oportunidad de establecer unos requisitos exigentes para ejercer esta actividad". Para el colegio, "es necesario coordinar, ajustar y poner claridad en la definición y en las contradictorias y dispares regulaciones de viviendas de uso turístico de las diferentes comunidades autónomas".
Aunque el Cgcafe cree que "sería preferible regular cuál debe de ser la mayoría para autorizar este tipo de usos en viviendas", "considera positivo flexibilizar los requisitos" para que "se pueda negar la existencia de viviendas de uso turístico, o que se pueda exigir a los titulares de estas viviendas una mayor contribución económica en los gastos generales del edificio".
Según señalan, "es imprescindible" que existan herramientas administrativas y judiciales suficientes para "adoptar medidas urgentes en los casos de molestias, puesto que la escasa duración de los arrendamientos obliga a respuestas inmediatas".
Así, Cgcafe dice que "si la modificación de la Ley de Propiedad Horizontal se limita al cambio de estas mayorías será una reforma incompleta, pues entrará en conflicto con otros aspectos de la propia Ley". Por esto, piden una nueva ley que parta de la "voluntad de servicio al ciudadano, de un gran compromiso con los discapacitados, y de una firme convicción sobre la necesidad de trabajar por la equidad y la seguridad jurídica desde el colectivo de los administradores de fincas colegiados".