BILBAO, 2 Sep. (EUROPA PRESS) -
El Departamento de Desarrollo Económico y Competitividad del Gobierno vasco ha declarado "zona de gran afluencia turística" en Bilbao a Abando-Indautxu-Garellano, Casco Viejo y Deusto, con un ámbito temporal limitado al periodo comprendido entre el 1 de julio de 2015 y el 31 de agosto del mismo año.
El Boletín Oficial del País Vasco de este martes recoge una resolución de la viceconsejera de Comercio y Turismo, Itziar Epalza, en la que se hace pública la declaración, en el municipio de Bilbao, de las citadas "zonas de gran afluencia turística", a efectos de horarios comerciales.
En la resolución se indica que el Real Decreto-ley 8/2014, de 4 de julio, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia, modifica la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales, en el apartado 5, del artículo 5, que recoge que "en los municipios con más de 100.000 habitantes que hayan registrado más de 600.000 pernoctaciones en el año inmediatamente anterior o que cuenten con puertos en los que operen cruceros turísticos que hayan recibido en el año inmediato anterior más de 400.000 pasajeros, se declarará, al menos, una zona de gran afluencia turística aplicando los criterios previstos en el apartado anterior".
Para la obtención de estos datos estadísticos se considerarán fuentes las publicaciones del Instituto Nacional de Estadística y de Puertos del Estado.
Si en el plazo de seis meses a partir de la publicación de estos datos, las Comunidades Autónomas competentes no hubieran declarado alguna zona de gran afluencia turística en el municipio en el que concurran las circunstancias señaladas, se entenderá declarada como tal la totalidad del municipio y los comerciantes dispondrán de plena libertad para la apertura de sus establecimientos durante todo el año.
En la resolución publicada este martes en el BOPV, se señala también que el artículo 5, de la Ley 1/2004, de 21 de diciembre, de Horarios Comerciales, Establecimientos con régimen especial de horarios, dispone que "los establecimientos y tiendas instaladas en puntos fronterizos, en estaciones y medios de transporte terrestre, marítimo y aéreo y en zonas de gran afluencia turística, tendrán plena libertad para determinar los días y horas en que permanecerán abiertos al público en todo el territorio nacional".
Asimismo, en el apartado 4, del mismo artículo, se determina que las Comunidades Autónomas, a propuesta de los Ayuntamientos correspondientes, determinarán las zonas de gran afluencia turística para su respectivo ámbito territorial.
Se considerarán zonas de gran afluencia turística, aquellas áreas coincidentes en las que exista una concentración suficiente, cuantitativa o cualitativamente, de plazas en alojamientos y establecimientos turísticos o bien en el número de segundas residencias respecto a las que constituyen residencia habitual.
También se considerarán zonas de gran afluencia turística las áreas que hayan sido declaradas Patrimonio de la Humanidad o en el que se localice un bien inmueble de interés cultural integrado en el patrimonio histórico artístico, que limiten o constituyan áreas de influencia de zonas fronterizas, o que acojan la celebración de grandes eventos deportivos o culturales de carácter nacional o internacional.
Del mismo modo, se podrá declarar zona de gran afluencia turística a áreas próximas a áreas portuarias en las que operen cruceros turísticos y registren una afluencia significativa de visitantes o que constituyan áreas cuyo principal atractivo sea el turismo de compras.
En todo caso, en los municipios con más de 100.000 habitantes que hayan registrado más de 600.000 pernoctaciones en el año inmediatamente anterior o que cuenten con puertos en los que operen cruceros turísticos que hayan recibido en el año inmediato anterior más de 400.000 pasajeros, se declarará, al menos, una zona de gran afluencia turística.
PROPUESTA DEL AYUNTAMIENTO
El Ayuntamiento de Bilbao ha presentado propuesta para la determinación de las áreas de Abando-Indautxu-Garellano, Casco Viejo y Deusto como zonas de gran afluencia turística, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Undécima del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.
En ese sentido, la viceconsejera de Comercio y Turismo ha resuelto declarar zona de gran afluencia turística las áreas del municipio de Bilbao de Abando-Indautxu-Garellano, Casco Viejo y Deusto. El ámbito temporal de esta declaración se limita al periodo comprendido entre el 1 de julio de 2015 y el 31 de agosto del mismo año.