MADRID, 19 Oct. (EUROPA PRESS) -
El Gobierno ha autorizado en Consejo de Ministros la firma de un acuerdo sobre transporte aéreo con la República Federal Democrática de Etiopía, a fin de establecer un marco legal que proporcione cobertura a los enlaces aéreos entre ambos países.
En concreto, el pacto sigue la fórmula habitual de este tipo de convenios bilaterales sobre servicios aéreos y recoge en su articulado las cláusulas administrativas que la Organización de Aviación Civil Internacional recomienda incluir en dichos acuerdos a sus Estados miembros.
Asimismo, durante las negociaciones se acordó que cada país podrá designar a dos compañías aéreas para las operaciones de pasajeros, correo y carga; y una compañía aérea para los servicios exclusivos de carga.
Por otra parte, el marco establecido faculta a las empresas aéreas designadas de uno y otro país a que los servicios se puedan llevar a cabo bajo la modalidad de código compartido, incluidos terceros países; así como otra serie de facilidades operativas, tales como vuelos no regulares.
SIETE FRECUENCIAS SEMANALES.
Del mismo modo, el acuerdo establece siete frecuencias semanales de pasajeros, correo y carga en sus rutas respectivas, con cualquier tipo de aeronave, con derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad en doce puntos a elegir libremente por cada país.
En cuanto a los servicios puros de carga, las partes tendrán derecho a operar siete frecuencias semanales con derechos de tráfico de tercera, cuarta y quinta libertad, sin restricción alguna respecto a las rutas o el tipo de aeronave.
Por último, el cuadro de rutas es totalmente abierto y flexible, permitiendo a las empresas aéreas designadas por ambos países seleccionar libremente los puntos situados en el territorio del otro, así como los puntos intermedios y los puntos más allá con derechos de tráfico de tercera y cuarta libertad.