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MADRID, 19 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Juzgado de Primera Instancia número 34 de Madrid ha condenado a la aerolínea Air Canadá a indemnizar a un usuario y su familia con 2.949 euros por cancelarles el vuelo de vuelta por no haberse presentado al vuelo de ida, según explica el reclamador.es, compañía online de servicios legales que ha sido la encargada de llevar el caso.
El hecho de que una aerolínea cancele de manera automática un trayecto de vuelta porque una persona no haya hecho uso del vuelo de ida se denomina 'no show'. El Tribunal Supremo, en una sentencia dictada el 13 de noviembre de 2018, ya declaró esta práctica como abusiva y, por lo tanto, nula.
Asi lo explica Jorge Ramos, abogado de reclamador.es que ha llevado el caso, que puntualiza que “esta discusión ya se había resuelto mediante sentencia del Tribunal Supremo número 3733/2018 de 13 de noviembre de 2018, que declaró abusiva y por tanto nula la cláusula ‘no show’, con lo que las compañías aéreas no deben aplicarla, dejando embarcar a todo pasajero que no utilice la ida pero sí quiera disfrutar de la vuelta de su billete”.
Esta circunstancia, es decir, el cancelar automáticamente el itinerario de vuelta -o los tramos sucesivos, si los hubiera- porque el viajero no se presenta al embarque del vuelo de ida se denomina 'no show' o 'no presentación' y es una cláusula de carácter abusivo, indica la compañía online de servicios legales, que se puede reclamar y ganar en los tribunales.
Los afectados habían comprado para los días 9 y 10 de diciembre de 2021 un vuelo con salida desde Portland (EEUU) y llegada a Vancouver (Canadá), un segundo vuelo desde Vancouver a Múnich y un tercero desde Múnich a Madrid. Los pasajeros no pudieron coger el primer vuelo debido a un incidente en la web del Gobierno de Canadá, lo que les impidió cumplimentar un documento obligatorio para volar a Estados Unidos.
Tras este incidente, la aerolínea le canceló de forma unilateral el trayecto de vuelta prevista para el 31 diciembre sin ofrecerle alternativa. Este hecho provocó que el afectado y su familia tuvieran que permanecer otros 12 días más en Madrid.
Por ello, el Juzgado de Primera Instancia número 34 de Madrid ha condenado a Air Canadá a abonar al coste de los billetes del vuelo que les fue cancelado por 'no show', además de una compensación de 600 euros por pasajero al tratarse de un trayecto de más de 3.500 kilómetros.
La jueza en su sentencia, argumenta que esta cláusula supone "un desequilibrio de derechos y obligaciones contrario a la buena fe", ya que se priva al consumidor del disfrute de la prestación que ha contratado.
Desde reclamador.es se asegura que esta es una cláusula "de carácter abusivo" ya que no se negocio con el viajero, y además de imponerse, se redacta unilateralmente por la compañía aérea sin que el pasajero tenga capacidad de negociación. Por ello, se anima a todos los pasajeros que se vean afectados por esta cláusula a reclamar y así obtener una indemnización por el perjuicio causado.
¿QUE SE PUEDE RECLAMAR SI SE SUFRE UN 'NO SHOW'?
Si se sufre un ‘no show’ por parte de la aerolínea, se puede reclamar entre 250 y 600 euros, según la distancia del vuelo por una cancelación o denegación injustificada de embarque, según el Reglamento 261/2004, el reembolso de la parte del billete que se cancela y no se disfruta o el nuevo billete que se adquiere para poder volar tras la cancelación.
Además también son reclamables aquellos gasos generados, que se puedan demostrar que son consecuencia de la cancelación del vuelo.