MADRID 26 Feb. (EUROPA PRESS) -
La Defensora del Pueblo ha registrado en 2014 un total de 791 quejas en materia de Tráfico y Seguridad Vial, de las que 557 se refieren al procedimiento sancionador. Esta cifra supone un crecimiento del 19 por ciento, frente a las cifras de 2013, año en el que se registraron 468 quejas. También sube con respecto a 2012, cuando se produjeron 470 denuncias.
El informe, al que ha tenido acceso Europa Press, destaca que las principales quejas en materia de tráfico son prácticamente las mismas de años anteriores, como puede ser la falta de notificación, el alto importe de las sanciones, la desestimación no razonable de pruebas o los errores materiales que provocan la idefensión del ciudadano.
Ante esto, el departamento que representa Soledad Becerril, advierte a la Administración que "la persecución y posterior sanción de las conductas infractoras mediante una estricta normativa sancionadora siempre levanta el recelo de los conductores, que opinan que no existe proporcionalidad entre el hecho cometido y la multa impuesta".
Aún así, y reconociendo que "la cuantía de las sanciones en materia de tráfico es elevada", para la Defensora del Pueblo es "imprescindible tener muy presente las consecuencias que pueden derivarse de una conducción negligente al volante".
Sobre las resoluciones administrativas, el texto destaca que, en lugar de rebatir las alegaciones presentadas y cimentar la decisión finalmente adoptada, "son una enumeración de artículos que no se ajustan al caso concreto ni aportan argumentación suficiente". A su juicio, estos documentos deben ir acompañados de las razones adicionales que sean aplicables al caso concreto de manera que permita al ciudadano conocer las razones de la decisión que se adopta y la posibilidad de refutarla de forma justificada, a través de los correspondientes recursos.
En este sentido indica que, siendo consciente del "el elevado número de procedimientos sancionadores que se tramitan al año" cree necesario que todo el personal al servicio de las administraciones, así como sus titulares, tomen conciencia de su responsabilidad, siendo, a su juicio, "imprescindible un esfuerzo adicional para que los procedimientos sancionadores de tráfico se tramiten con las debidas garantías para los ciudadanos".
Además, recuerda que al incorporar medidas como la tasa judicial, que en el caso de sanciones de tráfico conlleva el pago del 50 por ciento de la sanción, supone, en la práctica, una desincentivación en el acceso a la Justicia, "lo que debe forzar más, si cabe, al órgano sancionador en materia de tráfico a extremar su diligencia a la hora de resolver las alegaciones y recursos presentados".
ERRORES EN LOS PARTES Y EN LAS NOTIFICACIONES
La defensora del Pueblo destaca también el número de quejas referidas a un error por parte del agente denunciante que se han producido en 2014. En su mayoría al consignar los dígitos de la matrícula del vehículo. También los registrados por las cámaras de vigilancia de tráfico que, debido a errores técnicos, confunden reiteradamente los dígitos de la matrícula de un vehículo: concretamente, la letra Y con la V.
Becerril destaca que, por este motivo, el Ayuntamiento de Madrid había incoado a un ciudadano hasta cinco expedientes sancionadores por distintas infracciones.
Por otra parte, el texto denuncia la forma como se plantean las notificaciones en el marco del procedimiento sancionador que, según alerta, "sigue provocando la recepción de numerosas quejas". Así, señala que la figura de la Dirección Electrónica Vial "todavía no tiene la implantación que sería deseable, en gran medida por la falta de información de la ciudadanía de la existencia de dicha opción".
La norma señala que las notificaciones en boletines oficiales pueden efectivamente ofrecer "garantías formales" de que la notificación ha sido practicada. Sin embargo, no ofrecen "garantía material" alguna al ciudadano de que tenga siempre conocimiento de los procedimientos que contra él se dirigen, de ahí la necesidad de creación de la figura de la Dirección Electrónica Vial.
Las notificaciones por vía postal y edictal son objeto de un número considerable de quejas recibidas en el Defensor del Pueblo. Revisados los expedientes sancionadores a los que se referían los ciudadanos, se comprobó que existían defectos en la tramitación, por lo que se aconseja la revocación de las resoluciones en su día adoptadas.