El consumidor podrá considerarse engañado cuando la modificación del presupuestos supere el 25% pactado

Actualizado: jueves, 10 diciembre 2009 16:22

MADRID, 10 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Comisión de Sanidad, Política Social y Consumo del Senado aprobó hoy la modificación de uno de los apartado de la Ley de Competencia Desleal, a petición del Grupo Popular, por el que será considerado acto de engaño aquel servicio, con o sin sustitución de piezas, que finalmente suponga un incremento del precio igual o superior al 25 por ciento del presupuesto inicialmente aceptado.

El PP recuerda que "con frecuencia nos encontramos cómo en la reparación de un bien se entregan presupuestos que con posterioridad no son respetados con la excusa de la aparición de nuevos defectos no previstos, pero que por su magnitud puede incidir en el comportamiento del consumidor que de haber tenido en cuenta el coste total de la reparación podría no haber aceptado la primera reparación". De esta forma pretende proteger al consumidor y se considera al empresario como verdadero responsable del error las consecuencias del mismo.

Por otra parte se aprobó la enmienda presentada por el Grupo Parlamentario Catalán en el Senado de Convergència i Unió (CiU), que recoge la modificación de la Ley 7/1996, de 15 de enero, de Ordenación del Comercio Minoristal por el cual se modifica el artículo 22 en la que queda prohibido organizar la comercialización de bienes y servicios cuando exista la obligación de realizar una compra mínima de los productos distribuidos por parte de los nuevos vendedores, sin pacto de recompra en las mismas condiciones.

Asimismo, en ningún caso el fabricante o mayorista titular de la red podrá condicionar el acceso a la misma al abono de una cuota o canon de entrada que no sea equivalente a los productos y material promocional, informativo o formativo entregados a un precio similar al de otros homólogos existentes en el mercado y que no podrán superar la cantidad que se determine reglamentariamente. Además, en los supuestos en que exista un pacto de recompra los productos se devolverán con los precintos y en los embalajes originales de forma que sean aptos para una posterior comercialización.

Por otra parte, se aprobó a propuesta del Grupo Parlamentario Popular en el Senado (GPP) en el que se propone la modificación del artículo primero, punto siete, que modifica el artículo 8 de la Ley de Competencia Desleal, en el que se pretende aclarar la prácticas agresivas "cualesquiera obstáculos contractuales y no contractuales onerosos, o desproporcionados impuestos por el empresario o el profesional cuando la otra parte desee ejercitar derechos legales contractuales, incluida cualquier forma de poner fin al contrato o de cambiar de bien o servicio o de suministrador".

Además, del mismo grupo se aprobó la incorporación de la enmienda transaccional aprobada en el Congreso, por la que se concede al empresario o profesional que realice propuestas comerciales por teléfono, fax, correo electrónico u otros medios de comunicación a distancia, un plazo seis meses, desde la entrada en vigor de la presente Ley, para tener en funcionamiento los sistemas oportunos que le permitan al consumidor dejar constancia de su oposición a seguir recibiendo propuestas comerciales de dicho empresario o profesional.

Los senadores presentaron en total 33 enmiendas al proyecto de Ley por el que se modifica el régimen legal de la competencia desleal y de la publicidad para la mejora de la protección de los consumidores y usuarios, --de las que el Grupo Popular retiro la 9, 11, 12 y 17-- y que, en líneas generales, tienen como objetivo que se recojan términos y objetivos más acordes con la directiva Europea, así como dejar claras las prácticas comerciales desleales recogiendo mejor esa doble vertiente de protección de los consumidores y de los competidores en el mercado.

Asimismo, se pretende acabar con prácticas agresivas pueden también adoptar la fórmula de cláusula contractual cuando es abusiva y desproporcionada; al tiempo que evitar las prácticas engañosas del incremento del precio presupuestado con posterioridad a la aceptación del consumidor.

En contra de la totalidad de las enmiendas se manifestó el Grupo Socialista, al entender que "no pueden aportar nada las enmiendas con respecto a lo modificado en el Congreso", asimismo consideran que "muchas de ellas están fuera de lo que es el objetivo de la ley que es regular las practicas abusivas y no entrar en la practica contractual".