Fiscalía acepta atenuar las condenas de siete miembros de Segi en aplicación del nuevo Código Penal

Actualizado: miércoles, 4 noviembre 2015 12:13

MADRID, 4 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Fiscalía del Tribunal Supremo ha aceptado este miércoles, en vista pública, atenuar las penas de seis años de cárcel a siete miembros de la "rama juvenil de ETA", Segi, por un delito de pertenencia a organización terrorista, en aplicación del nuevo Código Penal.

La norma prevé, en su artículo 579 bis 4, la atenuación en uno o dos grados de aquellas condenas cuando el hecho cometido sea "de menor gravedad, atendidos el medio empleado o el resultado producido".

El Ministerio Público ha dejado en manos de la Sala de lo Penal del alto tribunal la valoración de la reducción a aplicar a los siete condenados, los únicos que fueron enviados a la cárcel por decisión de la Sección Cuarta de la Audiencia Nacional de un total de 28 procesados.

Las defensas han reivindicado, ante una Sala presidida por el magistrado Alberto Jorge Barreiro, una disminución de la pena en dos grados, ya que en este caso concurren tanto la menor gravedad como la ausencia de violencia en el resultado.

En opinión de los abogados Jaoine Karrera e Iker Urbina han destacado, además, que no existe contra sus defendidos "prueba de cargo válida y suficiente" ya que, en la mayoría de los casos sólo se contaba con sus declaraciones policiales y judiciales, prestadas éstas últimas cuando aún se encontraban detenidos en régimen de incomunicación.

La sentencia de la Audiencia Nacional consideró culpables a Marina Sagastizabal Emilio-Yus, Ainhnoa Villaverde Barrutiabengoa, Aiala Zaldivar Alvarado, Bergoi Madernaz del Pozo, Igarki Robles Martínez del Campo, Xabat Moran e Ibon Esteban Scaloni de un delito de integración en organización terrorista.

Absolvía a Julen Joseba Zuaznabar Abendaño, Ruben Villa Esnaola, Xavier Vidaurre Sanz, Garazi Autor Puedo, Oihana Lopez Cestao, Xavier Arina Echarte, Ander Maeztu Arteaga, Eneko Villegas Amezqueta e Imanol Salina Ijurko del delito de pertenencia a banda terrorista que se les atribuía.

Los magistrados exoneraron también a Izaskun Juárez Goñi, Egoi Irisarri, Endika Pérez, Imanol Beristain, Ikoitz Arrese, Iratí Tobar, Saioa Zubiaur, Ainara Ladrón Urbieta, Aitziber Plazaola, Beñat Lizeaga, Jacint Ramírez Cruz, Xalbador Ramírez Cruz, a quienes la Fiscalía retiró la acusación al finalizar el 'macrojuicio' celebrado entre los meses de septiembre y diciembre.

DIRECTRICES Y ACTIVIDADES DE SEGI

El tribunal consideró probado que Sagastizabal, Villaverde, Zaldivar y Madernaz participaban en asambleas en el barrio vitoriano de Judizmendi en las que transmitían "las directrices" de Segi y "las actividades a realizar para seguirlas, tales como la colocación de carteles relativos a dicha organización o la ejecución de pintadas".

Robles, por su parte, "conociendo el carácter terrorista" de la organización, era "responsable" de SEGI en el barrio de Aranbikarra mientras que Moran Ruiz era el cabecilla de la organización en Bilbao, donde preparó varios conciertos, y Esteban Escaloni en el barrio pamplonés de Rotxapera. A este último se le incautó un manual para fabricar cócteles molotov.

Los magistrados Ángela Murillo, Carmen Paloma González y Juan Francisco Martel destacaron la "militancia activa" en la organización satélite de ETA de los siete condenados y tuvieron en cuenta los efectos intervenidos en sus domicilios, así como las declaraciones autoinculpatorias e incriminatorias de otros acusados que fueron ratificadas en fase de instrucción en el juzgado.