Consejo.- El nuevo decreto-ley posibilita que agricultores concesionarios del IARA accedan a propiedad de parcelas

Actualizado: martes, 27 julio 2010 16:22

SEVILLA, 27 Jul. (EUROPA PRESS) -

El decreto-ley sobre reordenación del sector público andaluz que ha aprobado el Consejo de Gobierno incluye, como consecuencia de la supresión del Instituto Andaluz de Reforma Agraria (IARA), un conjunto de disposiciones para revalorizar y dinamizar el patrimonio agrario de la comunidad, actualmente infrautilizado en algunos casos, y ponerlo al servicio de la reactivación económica del sector.

Para ello, se prevé un proceso de enajenación de las tierras propiedad del IARA, con la consiguiente oportunidad de acceso a la propiedad para los actuales concesionarios que no tienen este derecho. Concretamente, las parcelas que explotan tienen una superficie total que supera actualmente las 9.000 hectáreas en las provincias de Cádiz, Córdoba, Huelva, Málaga y Sevilla.

Los interesados contarán con un año, a partir de la entrada en vigor, para presentar las solicitudes en las delegaciones provinciales de Agricultura y Pesca. Si la resolución, con un plazo de seis meses, es favorable, dispondrán de tres años como máximo para abonar el precio de la adjudicación. En el caso de que se realice una liquidación anticipada, el traspaso será inmediato.

Al valor de enajenación de estas tierras se le aplicará una reducción de hasta un 65 por ciento en función de criterios de antigüedad, generación de empleo y esfuerzo inversor de modernización y mejora de la explotación. No obstante, la norma limita durante 25 años la libre disposición de las explotaciones adjudicadas y obliga así a la devolución de estas bonificaciones en casos de venta, división o segregación.

En el caso de que los bienes no sean solicitados por los adjudicatarios, la Junta obligará al desalojo y les indemnizará por las mejoras realizadas en las parcelas, siempre que hayan contado con autorización administrativa. Las explotaciones agrarias comunitarias podrán ser segregadas por la Administración autonómica para que se escrituren a título individual para cada uno de los agricultores que participan en la concesión.

Respecto a las tierras, bienes y derechos del IARA que no han sido ocupados por terceras personas, la Administración autonómica prevé su enajenación a favor de entidades públicas para fines de interés general o su venta a entidades públicas y privadas tanto para fines agrarios como para otros usos compatibles que conlleven generación de empleo y una mejora del medio rural y de las condiciones de vida de la población. Este patrimonio está integrado por 13 fincas con 5.320 hectáreas de suelo rústico y 24 hectáreas de suelo urbano.

La segunda medida de dinamización del patrimonio agrario, referente a la liquidación de las 127 Cámaras Agrarias de Andalucía, se llevará a cabo en el plazo de un año y supondrá un ahorro anual de 2,5 millones.

Los bienes de las Cámaras Agrarias provinciales se traspasarán a las organizaciones profesionales más representativas, mientras que los de las Cámaras Locales se cederán para fines y servicios de interés general agrario a los beneficiarios que decida la comisión liquidadora.

Las Cámaras Agrarias son herederas de las Hermandades Sindicales de Labradores y Ganaderos que surgieron tras la Guerra Civil con el objetivo de articular la representación y disciplina de los intereses económicos-sociales de los agricultores españoles. Los fines para los que nacieron estas entidades ya han sido asumidos por las organizaciones profesionales agrarias en materia de representatividad y por la Consejería de Agricultura y Pesca en lo relativo a gestión y prestación de servicios.