Archivo - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 1 de Berja (Almería). - EUROPA PRESS - Archivo
ALMERÍA 29 Jul. (EUROPA PRESS) -
El juez titular de la plaza número 1 de la Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Berja ha acordado mantener en prisión provisional, comunicada y sin fianza, a los dos hermanos acusados de un delito de asesinato consumado y otro en grado de tentativa por el tiroteo registrado en mayo de 2025 junto a una gasolinera de Berja (Almería).
Los dos investigados permanecen en prisión desde el 22 de mayo de 2025. Sus defensas solicitaron el pasado 15 de julio su puesta en libertad provisional al entender que habían cambiado las circunstancias que motivaron su ingreso en prisión, que no existían indicios claros contra ellos y que no había riesgo de fuga.
Tanto el Ministerio Fiscal como las demás partes personadas se han opuesto a la modificación de la medida cautelar, según recogen los autos judiciales, consultados por Europa Press.
Los hechos tuvieron lugar sobre las 15,50 horas del 2 de mayo de 2025 en la rambla de la Juvilla, a las afueras de Berja, donde J.G.S., de 37 años, almorzaba con familiares en el bar de una estación de servicio.
La víctima recibió cinco disparos a corta distancia, mientras que su hermano resultó herido en un brazo. En el lugar también se encontraba el hijo del fallecido, de 13 años, que resultó ileso físicamente.
Los dos sospechosos fueron detenidos 18 días después en Matagorda tras un dispositivo de seguimiento de la Unidad Orgánica de Policía Judicial de la Guardia Civil y su equipo de homicidios.
El instructor ha señalado que, conforme a lo investigado hasta el momento, existen indicios "más que evidentes" de la posible participación de ambos hermanos en la muerte de J.G.S. y en el intento de asesinato de su hermano.
En el caso de M.A.F.C., el juez ha destacado que la furgoneta desde la que se efectuaron los disparos estaba vinculada a él y que fue quien negoció personalmente su adquisición y recibió el vehículo.
El auto también recoge que residía temporalmente con su hermano en Matagorda, en El Ejido (Almería), y que durante el registro de su domicilio se localizó munición de arma larga. Además, el juez ha considerado como posible móvil la muerte violenta de su hijo menor de edad y las amenazas de muerte que, según distintos testimonios, los investigados habrían dirigido contra la víctima y su entorno familiar.
Respecto a C.J.F.C., la resolución señala que las cámaras de seguridad situaron en el asiento del copiloto de la furgoneta a una persona con tatuajes en la nuca y el cuello compatibles con los del investigado.
En el mismo domicilio, los agentes encontraron un neceser con munición y cuatro vainas percutidas de calibre nueve milímetros, una de ellas de la misma marca y calibre que las siete halladas en el escenario del crimen.
El magistrado ha indicado que el hecho de que los testigos presenciales no hayan podido identificar de forma concluyente a los ocupantes del vehículo no resta valor al material indiciario recabado durante la instrucción, que considera "más que suficiente para mantener la medida cautelar".
Las resoluciones sostienen que "aún concurre el riesgo de fuga", vinculado a la penalidad de los delitos investigados y a la "existencia de indicios de capacidad económica para sustraerse de la acción de la justicia". Asimismo, el juez afirma que "no existe acreditación alguna del más mínimo arraigo" y recuerda que la Policía Judicial desconoció su paradero desde el día del tiroteo hasta su detención.
El juez ha concluido que la prisión provisional es una medida "adecuada, proporcionada y necesaria" y que las alternativas planteadas por las defensas no garantizan la presencia de los investigados durante el proceso. Contra los autos cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Almería en un plazo de cinco días.