ALMERÍA 10 Feb. (EUROPA PRESS) -
La Audiencia Provincial de Almería ha absuelto este martes a los seis acusados de planear, ejecutar y dar cobertura al crimen de un hombre en Roquetas de Mar (Almería) durante la tarde del 3 de enero de 2021, supuestamente implicado en un 'vuelco' de drogas, al no ver pruebas suficientes ni elementos objetivos que demuestren la participación de los encausados en los hechos.
En su veredicto y tras dos jornadas de deliberación, los miembros del tribunal han visto insuficientes los indicios expuestos en sala durante los siete días que ha durado el juicio, en el que la Fiscalía solicitaba entre diez y 23 años de prisión para los acusados en función de su supuesto grado de intervención en el asesinato que, de este modo, ha quedado sin resolver.
El magistrado-presidente Jesús Miguel Hernández ha anticipado en sala la absolución de los acusados tras la declaración de no culpabilidad de todos, entre ellos, los hermanos M.A.M. y S.A.M. defendidos por los letrados José Luis Alabarce y Belén Juárez, a quienes se les atribuía haber encargado la muerte de la víctima.
Aunque el jurado ha cree que la víctima puedo tener días antes de su muerte alguna "disputa" con uno de los hermanos por un presunto robo de hachís ocurrido tiempo atrás, ha descartado la existencia de pruebas fehacientes para determinar que estos encargaron su crimen, llegando incluso a señalar que la víctima mantenía a fecha de los hechos una "buena relación de amistad" con M.A.M., al que visitó horas antes de morir.
Con ello, han rechazado que dicha cita fuera algún tipo de coartada para tener localizada a la víctima y poder rajarle las ruedas de su coche para que después los acusados J.H. y I.C., representados por los abogados Francisco Ferre y José Miguel Ramos, pudieran tenderle una emboscada con la que darle muerte.
El tribunal ha aseverado al respecto que no hay prueba concluyente de que ninguno de ellos pinchara las ruedas del vehículo de la víctima mientras estaba en casa de M.A.M. para poder seguirlo luego y matarlo a tiros. No obstante, y basándose en la autopsia, han reconocido la muerte de la víctima de un disparo en el cuello sobre las 18,00 horas cuando iba a los mandos de su coche.
La ruta de huida de los sospechosos trazada por la Guardia Civil en su investigación para señalar a los investigados y su geolocalización en la zona mediante las antenas de telefonía han sido indicios insuficientes a ojos del jurado para involucrarlos en los hechos, máxime ante el relato de otros testigos que apuntaron una posible vía de huida alternativa de los criminales a través de un camino rural en un coche de diferente color.
No obstante, el jurado sí cree, con base a las grabaciones de las cámaras de seguridad y la declaración de la Guardia Civil, que hubo un "seguimiento" de la víctima desde en torno a las 17,40 horas por parte de ambos enjuiciados como presuntos autores materiales --unos 40 minutos antes del crimen en una rotonda de Las Colinas de Aguadulce-- aunque descartan que fuera bajo "planificación previa" de algún tipo así como tampoco para darle "cobertura".
De otro lado, el tribunal ha desligado por completo a los acusados F.S. y E.Z., defendidos por el letrado José Antonio Bonachera y a los que atribuían el papel de cooperadores para apoyar el supuesto plan.
El veredicto ha rechazado, al no haberse dado pruebas al respecto, que estos dos últimos encausados estuvieran próximos al lugar del crimen en otro vehículo "para asegurar el éxito del plan" ni que contactaran por teléfono con otro de los acusados para reunirse después en un punto acordado.