Las nuevas normas de circulación entran en vigor este jueves en Almería con cambios para patinetes, bicis y motos

El subdelegado del Gobierno en Almería, José María Martín, durante la presentación de la modificación del Reglamento General de Circulación.
El subdelegado del Gobierno en Almería, José María Martín, durante la presentación de la modificación del Reglamento General de Circulación. - SUBDELEGACIÓN
Europa Press Andalucía
Publicado: miércoles, 30 septiembre 2026 14:20

ALMERÍA 30 Sep. (EUROPA PRESS) -

La modificación del Reglamento General de Circulación, cuya mayor parte entrará en vigor este jueves, 1 de octubre, fija en 15 años la edad mínima para conducir un patinete eléctrico, establece el uso obligatorio del casco y del chaleco reflectante de noche o con escasa visibilidad e incorpora nuevas medidas para proteger a ciclistas y motoristas.

Así lo han trasladado este miércoles el subdelegado del Gobierno en Almería, José María Martín, y el jefe provincial de Tráfico, José María Méndez, durante la presentación de la modificación del reglamento destinada a mejorar la seguridad de peatones, ciclistas, motoristas y usuarios de vehículos de movilidad personal (VMP).

Durante la rueda de prensa, Martín ha señalado que "el patinete eléctrico se ha incorporado con rapidez a nuestras calles" y que la reforma responde a una pregunta necesaria: "si las normas protegen adecuadamente a quienes comparten la vía".

El subdelegado ha pedido a la ciudadanía que se informe sobre los cambios y actúe con prudencia. "En la calle, la seguridad de una persona depende muchas veces de la prudencia de otra. Llegar unos minutos antes nunca puede valer más que llegar todos a salvo", ha subrayado.

Por su parte, el jefe provincial de Tráfico ha explicado que Aunque la mayor parte comenzará a aplicarse este jueves, la obligación de llevar encendido el alumbrado de los vehículos de movilidad personal y la exigencia de casco homologado para los usuarios de motocicletas comenzarán a aplicarse el 1 de octubre de 2027.

"La nueva norma aclara cómo debemos circular y protegernos en desplazamientos que ya forman parte de la vida diaria. Conocerla es el primer paso para aplicarla correctamente", ha señalado.

La modificación del Reglamento General de Circulación se aprobó en Consejo de Ministros el pasado 23 de junio para adaptar la norma al cambio de visión de la movilidad que se ha producido en los últimos 20 años, en los que se ha pasado de un enfoque centrado en la carretera y en el vehículo a otro que lo hace en las personas y los entornos urbanos.

Por primera vez, la norma recoge una definición de "usuario vulnerable de la vía", aquel que, por razón del medio de desplazamiento que utiliza o por las características físicas del grupo de edad al que pertenece, tiene un mayor riesgo de sufrir lesiones en caso de accidente de tráfico o de que estas sean de mayor gravedad. El Reglamento General de Circulación incorpora además, gracias a la reforma, un nuevo Título VI con normas de circulación específicas en zonas urbanas.

La reforma busca también el alineamiento con algunos de los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030, aprobada por la ONU en 2015, como la mejora de la salud y el bienestar de las personas, la apuesta por una energía asequible y no contaminante, la búsqueda de unas ciudades y comunidades más sostenibles y la acción por el clima, entre otros.

PATINETES ELÉCTRICOS Y CAMBIOS PARA LOS CICLISTAS

En el caso de los vehículos de movilidad personal, la edad mínima para conducirlos queda fijada en 15 años. Sus usuarios deberán utilizar casco de protección obligatorio y chaleco reflectante durante la noche o en situaciones de escasa visibilidad.

Los profesionales que circulen en VMP deberán utilizar el chaleco reflectante en todo momento. Ambas obligaciones constituyen una infracción grave con una sanción económica de 200 euros.

Los vehículos de movilidad personal deberán llevar siempre encendido el alumbrado, aunque esta medida comenzará a aplicarse el 1 de octubre de 2027.

Fuera de los núcleos urbanos se podrá permitir la circulación de los VMP por vías segregadas de vehículos a motor, como vías ciclistas o carriles bici. En el caso de los ciclistas, se suprimen las exenciones de uso del casco, por lo que todos deberán llevarlo en vías interurbanas.

Aquellos ciclistas que desarrollen su actividad profesional como 'riders', deberán utilizar en todo momento casco de protección y chaleco reflectante. Ambas situaciones constituyen una infracción grave con una sanción económica de 200 euros.

El conductor que adelante a un ciclista en una vía interurbana deberá reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite existente en la vía.

En calzadas con más de un carril por sentido, el conductor que adelante deberá cambiar completamente de carril, además de dejar la separación lateral de 1,5 metros. En vías urbanas, los ciclistas circularán preferentemente por el centro del carril.

Los conductores de vehículos a motor deberán dejar una separación mínima de cinco metros con los ciclistas que les precedan en el mismo carril.

En aquellas vías de un solo carril donde esté limitada la velocidad a 30 kilómetros por hora o menos, y previa señalización, la autoridad municipal podrá permitir la circulación de bicicletas en los dos sentidos.

MOTOCICLETAS, CICLOMOTORES Y EQUIPAMIENTO DE PROTECCIÓN

La nueva regulación establece el uso obligatorio de guantes de protección para conductores y pasajeros de motocicletas y ciclomotores en vías interurbanas, así como de calzado cerrado en todo tipo de vías. Ambas obligaciones constituyen una infracción grave cuya sanción económica asciende a 200 euros.

La norma permite la circulación de motocicletas por el arcén derecho cuando exista congestión del tráfico, sin exceder la velocidad de 30 kilómetros por hora y previa señalización del tramo. Los cascos de protección de los usuarios de ciclomotores tendrán que estar obligatoriamente homologados y no simplemente certificados.

Los 'riders' que desarrollen su actividad profesional en motocicleta deberán llevar chaleco reflectante en todo momento. Su incumplimiento constituye una infracción grave con una sanción económica de 200 euros.

La reforma suprime las exenciones al uso del cinturón de seguridad que existían para conductores de taxi, vehículos de mercancías y vehículos de enseñanza de la conducción, que deberán llevarlo puesto en todo momento.

No obstante, establece una excepción para los pasajeros de las ambulancias asistenciales acondicionadas para permitir asistencia técnico-sanitaria en ruta cuando, en servicio de urgencia, ocupen el habitáculo del paciente.

NUEVAS NORMAS EN VÍAS INTERURBANAS Y CAMBIOS EN VÍAS URBANAS

Los vehículos que rebasen a otros inmovilizados por accidente, avería, labores de auxilio, mantenimiento o regulación del tráfico deberán dejar una separación lateral de 1,5 metros y reducir la velocidad en al menos 20 kilómetros por hora respecto al límite existente en la vía.

En autopistas y autovías, cuando la circulación quede dificultada a causa de la nieve, estará prohibido adelantar y se circulará únicamente por el carril de la derecha, para dejar libre el de la izquierda para la circulación de los vehículos de emergencia y quitanieves.

Cuando, con motivo de una retención, los vehículos circulen a paso de peatón o se detengan, deberán orillarse de manera que dejen un espacio central libre para permitir el paso de vehículos de policía y demás servicios de emergencia, el denominado "carril de emergencia".

En pasos para peatones con semáforo, como norma general, no podrá coincidir la luz ámbar intermitente para vehículos con la luz verde para peatones.

La reforma dota de entidad jurídica a los caminos escolares seguros y los define como aquel conjunto de vías acondicionadas por la autoridad competente para favorecer que los niños y las niñas se trasladen a los centros escolares caminando, en transporte público o utilizando medios de movilidad no motorizados.

La norma regula también el estacionamiento de las autocaravanas, que no podrán extender elementos propios que desborden el perímetro del vehículo, considerado como la proyección en planta, deberán descansar solo sobre neumáticos y no podrán verter fluidos procedentes del habitáculo.

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