Tribunales.- La defensa de los Prior se plantea demandar al juez Rivera por "daños morales y costas legales"

Actualizado: miércoles, 22 abril 2009 22:05

ALMERÍA, 22 Abr. (EUROPA PRESS) -

La defensa del matrimonio formado por Leonard y Helen Prior estudia interponer una demanda contra el juez Jesús Rivera, titular del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 de Almería, por los "daños morales y costas legales" derivados de no haber suspendido cautelarmente la decisión de demoler la vivienda de la pareja a sabiendas del "riesgo posible" generado por la tramitación de un recurso de amparo que se elevó ante el Tribuna Constitucional que podría derivar en la nulidad del proceso contencioso-administrativo que provocó el derribo.

Fuentes del despacho que representa a la pareja británica, 'Martínez Abarca y Muñoz. Gestión Jurídica', indicaron a Europa Press que la posibilidad de reclamar esta indemnización conforme al seguro de responsabilidad civil del juez, viene justificada tras comprobar a través del TC que Ribera tenía constancia de este proceso, ya que se solicitó la remisión de los autos del procedimiento.

Del mismo modo, el letrado señaló que los Prior también se plantean la posibilidad de pedir una reclamación ante la Administración de Justicia por un "error judicial", según reconoce la sentencia del recurso de amparo del TC, ya que, según defiende, la vivienda del matrimonio se demolió con una "gran celeridad" debido a ese error judicial.

En cuanto a las posibles medidas que se puedan adoptar contra la Junta de Andalucía, fuentes del despacho de la defensa descartaron esta posibilidad por el momento, ya que, recordaron que no es posible presentar reclamaciones patrimoniales en las que se pide el mismo objeto a distintas administraciones, ya que existen un procedimiento iniciado contra el Ayuntamiento de Vera desde 2006 para determinar la legalidad o no de la licencia con la que se realizó la vivienda.

Así, según explicó el letrado, si la licencia es confirmada y considerada válida, la responsabilidad patrimonial de la demolición recaerá sobre la Junta de Andalucía. Por otro lado, el procedimiento contencioso-administrativo se reanuda desde el principio en primera instancia y puede derivar, o bien en una sentencia en la que el juez declare la licencia nula, caso en el que ahora los Prior pueden presentar sus alegaciones ante el TSJA, o bien en una sentencia que dicte que la licencia es válida.

De este modo, la defensa infiere en que, en el momento en el que se derribó la vivienda hubo un "ánimo político" por parte de la Junta para derribar el inmueble, ya que este hecho se consumó en enero de 2008, poco antes de las elecciones municipales de ése año, un hecho que vulneró el derecho de tutela judicial efectiva de los Prior y los situó en una situación de indefensión que derivó, a la postre, en la pérdida de su casa, según el dictamen del TC.

Hay que recordar que el TC anuló la orden de demolición ejecutada el 9 de enero de 2008 sobre la vivienda unifamiliar propiedad del matrimonio de nacionalidad británica Leonard y Helen Prior en Vera (Almería) al considerar "incuestionable" que el proceso contencioso-administrativo vulneró su derecho de tutela judicial efectiva.

La sentencia del Alto Tribunal, a la que tuvo acceso Europa Press, dio la razón a la pareja que hace 16 meses vio como una máquina retroexcavadora procedía al derribo del inmueble construido en el paraje La Loma con licencia municipal en 2003 pero declarada "ilegal" apenas un año después por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 2 que estimó, tal y como sostenía la Junta de Andalucía, que el inmueble vulneraba la prohibición de parcelar en suelo no urbanizable.

Según considera el TC, Leonard y Helen Prior tuvieron conocimiento del proceso al recibir una "inaudita" notificación del Ayuntamiento de Vera que, en 5 de mayo de 2006, les informaba de que, en el plazo de tres meses, debían proceder a "restaurar la legalidad urbanística" según una sentencia del juez Jesús Rivera, por lo que éste --ahonda-- debió admitir la petición del matrimonio para declarar la nulidad de todas las actuaciones que derivaron en el derribo de la vivienda.