Archivo - Una calle de Cádiz incluida dentro de la zona de bajas emisiones. - JOAQUIN CORCHERO/EUROPA PRESS - Archivo
CÁDIZ 27 May. (EUROPA PRESS) -
El Boletín Oficial de la Provincia de Cádiz (BOP) ha publicado ya la ordenanza que regula la zona de bajas emisiones (ZBE) de Cádiz, establecida en el centro histórico y una parte del paseo marítimo, y que contempla sanciones de 200 euros a los conductores que accedan o aparquen en estas zonas si no forman parte sus vehículos entre los permitidos para circular, además de establecer limitaciones temporales los dos primeros años para vehículos con etiquetas 0, ECO y C, que tienen permitido el acceso a la ZBE.
Fuentes municipales han explicado a Europa Press que el Ayuntamiento cuenta con seis meses para incorporar al viario las señalizaciones al respecto y para ajustar el sistema de software necesario. Además, en este tiempo se desarrollará una campaña de información a la ciudadanía por lo que no se contempla la imposición de sanciones.
En la ordenanza, recogida por este medio, se indica que el acceso de vehículos, circulación y estacionamiento se autoriza en la Ordenanza a través de un registro municipal de vehículos autorizados, que tendrá que ser solicitado por las personas interesadas en la ZBE, que contempla dos zonas: el centro histórico y una parte del paseo marítimo.
Así, los vehículos que sí tienen permitido el acceso a la zona de bajas emisiones son aquellos con distintivo ambiental 0 y ECO de la DGT, así como las bicicletas y los vehículos demovilidad personal (VMP). También se permite el paso a vehículos sin distintivo ambiental o distintivo B o C pertenecientes a Prevención y Extinción de Incendios, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Protección Civil, ambulancias.
Además, los vehículos de motor que dispongan de domicilio fiscal en el término municipal de Cádiz y abonen el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica en la ciudad tendrán permitido el acceso a la ZBE, y aquellos que hayan solicitado su inclusión en el registro municipal ya comentado.
En lo que respecta a los aparcamientos públicos que se encuentras dentro de la zona de bajas emisiones, la ordenanza establece que estos están "obligados" a informar a los usuarios en tiempo real sobre la disponibilidad de plazas libres mediante letreros luminosos colocados en el perímetro de la ZBE de donde parten los principales accesos que tenga dicho parking.
Se deberán comunicar al Ayuntamiento las matrículas de sus clientes, mediante un procedimiento habilitado para ello, para su debido control en el plazo máximo de siete días naturales desde la entrada del vehículo al parking.
En cuanto a las multas económicas, se contemplan sanciones de 200 euros por incumplimiento de la ordenanza, que podrá incrementarse en un 30% en caso de reincidencia de la persona responsable, es decir, cuando en el plazo de un año haya cometido más de una infracción de la misma naturaleza y así se haya declarado por resolución firme.
La ordenanza señala que a partir del 1 de enero de 2035 no estará permitida la entrada a vehículos sin etiqueta medioambiental ECO o 0 de la DGT al interior de las ZBE salvo las excepciones ya indicadas, y se establece un límite temporal durante los dos primeros años desde la puesta en funcionamiento de la ZBE a vehículos de motor que no dispongan de domicilio fiscal en el término municipal de Cádiz.
En concreto, durante el primer año desde la puesta en funcionamiento de la ZBE podrán acceder al interior vehículos de motor que no dispongan de domicilio fiscal en Cádiz, siempre que tenga etiqueta 0, ECO o C. A partir del segundo año podrán acceder al interior de la ZBE solo los vehículos de etiqueta 0 o ECO que no paguen el sello de circulación en Cádiz.
También se señala que podrán aplicarse temporalmente medidas "más restrictivas" en las zonas de bajas emisiones ya implantadas, como la restricción de otro tipo de vehículos entre otras y podrán extenderse las restricciones a otras áreas del municipio, en caso de supuestos de episodios de alta contaminación atmosférica. La duración de esta medida será la del episodio de alta contaminación atmosférica que la haya motivado y no podrá superar los tres meses, que podrán ser prorrogables por periodos de tres meses hasta el año.
La aplicación de la ZBE puede ser suspendida temporalmente cuando "concurran motivos excepcionales de interés público" y previo informe técnico que justifique estos motivos excepcionales. La suspensión durará "el tiempo imprescindible para satisfacer el interés general que motiven la misma", no pudiendo superar tampoco los tres meses prorrogables.
El ámbito de aplicación de la zona de bajas emisiones en el denominado centro histórico excluye la ronda de circunvalación que rodea esta parte de la ciudad, y que incluye calles como el Paseo de Carlos III, la avenida del Puerto, la avenida Campo del Sur o la Cuesta de las Calesas, entre otras.
En el paseo marítimo su área de influencia es la comprendida entre la plaza Ana Orantes y la calle Caracolas, así como calles entre el paseo y las avenidas Cayetano del Toro y Periodista Beatriz Cienfuegos.