Actualizado 17/12/2013 21:29

El Parlamento aprueba este miércoles incluir un cambio en la Ley de Archivos acordado con el Gobierno central

Pleno del Parlamento
EUROPA PRESS/PARLAMENTO

SEVILLA 5 Oct. (EUROPA PRESS) -

El Pleno del Parlamento andaluz aprobará el próximo miércoles una modificación de la Ley de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental, vigente desde 2011 para incorporar el reconocimiento expreso de las competencias del Estado sobre los documentos de su titularidad, sin perjuicio de la aplicación de la norma en su consideración de patrimonio de la comunidad autónoma.

Este cambio normativo, solicitado por la Administración central y acordado con la Junta en la Comisión Bilateral de Cooperación, saldrá adelante por el procedimiento de tramitación directa y en lectura única si, como es previsible, cuenta con el apoyo de todos los grupos de la Cámara, han informado a Europa Press fuentes parlamentarias.

La nueva regulación afecta a los documentos producidos y recibidos por la Administración del Estado y sus organismos públicos, sociedades mercantiles y fundaciones; los de los órganos de la Administración de Justicia en Andalucía y los de las notarías y registros públicos igualmente ubicados en la comunidad autónoma.

También se incluyen los expedientes de las instituciones de la Unión Europea y del resto de los organismos públicos internacionales presentes en Andalucía.

Para cumplir con el acuerdo entre ambas administraciones, el proyecto normativo aprobado añade a la ley una disposición adicional y un inciso al artículo 15.1.a, además de introducir modificaciones en el apartado 3 del artículo 48.

La Ley de Documentos, Archivos y Patrimonio Documental de Andalucía se aplica a todos los documentos de titularidad pública, al Patrimonio Documental de Andalucía (fondos de interés para la comunidad autónoma) y a los archivos que constituyen el Sistema Archivístico de Andalucía. Respecto a la anterior legislación de 1984, esta norma consolida el derecho de acceso de la ciudadanía a la información y a los documentos públicos, con los límites y excepciones que recoge la Constitución.

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