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MÁLAGA, 21 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Ayuntamiento de Málaga ha pospuesto a 2026 las prestaciones patrimoniales que regularán los servicios públicos de la sociedad municipal Limasam en aplicación de la legislación nacional adaptada a la directiva europea.
Aunque en agosto del año pasado se anunció que una parte de la tarifa doméstica iría ligada al consumo de agua, el cálculo dependerá finalmente del valor catastral y el número de habitantes de las viviendas, para mayor seguridad jurídica y canalizar el cobro a través de Gestrisam. En el caso de las actividades económicas se comenzará a aplicar en 2027, manteniéndose en 2026 la prestación vigente.
Para ello, el Ayuntamiento ha publicado este viernes en el Portal de Participación Ciudadana el anteproyecto de las ordenanzas que regularán, de acuerdo con los criterios fijados por la Ley nacional que transpone la Directiva europea, las prestaciones patrimoniales por los servicios de la sociedad municipal Limasam.
Las ordenanzas responden al cumplimiento de la Ley de Residuos 7/2022, de 8 de abril, de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular, que obliga a repercutir el coste total de la gestión de los residuos, cuya aplicación ha venido posponiéndose por decisión del equipo de Gobierno municipal.
Como consecuencia de la aplicación de la nueva normativa, Limasam deberá repercutir, tal como obliga la Ley impulsada por el Gobierno de España, el 100% de los costes de los servicios mencionados, que suponen anualmente 57,9 millones de euros (sin IVA).
El estudio de costes realizado para el cálculo determina que más de 1,5 millones corresponden a recogidas especiales -mercados, hospitales y Mercamálaga-; 21,6, a actividad económica; y 34,8, a particulares.
Mientras que las prestaciones patrimoniales de los servicios de recogida, transporte y tratamiento prestados a particulares entrarán en vigor a mediados del año que viene, aquellas que tienen que ver con actividades económicas comenzarán su implantación más tarde, en 2027, aunque quedará aprobada el próximo año. Eso no significa que mientras tanto no haya prestación para actividades económicas, sino que se aplicará la ordenanza actualmente en vigor.
El equipo de Gobierno reducirá el IBI todo lo posible, a modo de compensación, como viene anunciando desde que se conoció la Ley. La primera factura de la prestación doméstica llegará a finales del año que viene. Aunque se liquida anualmente, el primer pago no comprenderá el año completo, sino desde su entrada en vigor, prevista para julio, hasta final del ejercicio --aproximadamente, medio año--.
Las viviendas turísticas pagarán como domicilios particulares, calculándose con el 75% de ocupación máxima que conste en el registro, han detallado.
Por otro lado, tanto en viviendas como en actividades económicas, se podrán acoger a las facilidades que se incluyan en el calendario fiscal de cada año (flexipago). Las viviendas con valor catastral inferior al medio millón pagarán menos de 20 euros/mes
El anteproyecto de la ordenanza de residuos sólidos urbanos domésticos configura las tarifas con el valor catastral de los inmuebles como elemento determinante del principio de capacidad económica; con el número de personas empadronadas en cada vivienda como el factor de diferenciación en la generación de residuos; y con incentivos al comportamiento responsable, aplicándose además reducciones a familias vulnerables en riesgo de exclusión social -perceptoras del Ingreso Mínimo Vital o la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía- y familias numerosas. La cuota media por vivienda es de 129,29 euros (sin IVA).
Para las viviendas con valor catastral superior a los 500.000 euros, se aplican tramos: De 500.000,01 hasta 1.000.000 euros: 0,048% sobre el valor catastral; De 1.000.000,01 hasta 5.000.000 euros: 0,072% sobre el valor catastral; y Superior a 5.000.000 euros: 0,096% sobre el valor catastral
En la ciudad hay 628 inmuebles cuyo valor catastral está por encima del medio millón, de los cuales 158 son viviendas unifamiliares.
Dado que debe repercutirse el coste real, directo o indirecto, de las operaciones de recogida, transporte y tratamiento de los residuos, las tarifas podrán actualizarse anualmente de acuerdo con la evolución de los costes en cada una de las ordenanzas.
Para realizar el cálculo, que consiste en la repercusión del gasto total entre quienes reciben los servicios, se han tenido en cuenta las 257.760 viviendas que hay en la ciudad, incluidas las turísticas.
De ellas, 109.615, más del 40% del total, pagarán entre 123,60 y 157,66 euros anuales (sin IVA). Se trata de las viviendas cuyo valor catastral oscila entre 40.001 y 100.000 euros, y tienen entre uno y cuatro habitantes. En el caso de las viviendas turísticas, se tomará como referencia el 75% de su ocupación máxima en el registro.
REDUCCIONES DE HASTA EL 80% EN VIVIENDAS
Las tarifas domiciliarias podrán beneficiarse de una reducción de hasta el 80% por el incentivo de la economía circular y situaciones de vulnerabilidad, para lo cual será obligatoria la domiciliación del pago y que la vivienda tenga división horizontal.
Por el incentivo de la economía circular, la reducción podrá sumar hasta un 30%: cada visita a uno de los dos puntos limpios fijos -calle Hermanas Bronte y calle Werther- descontará un 1% con un máximo del 10%; la reutilización en dichos puntos limpios -recuperación de objetos en desuso- supondrá otro 5%; y la utilización del sistema de identificación de uso restará otro 15% ya sea mediante una app con QR o con cerradura electrónica.
Por situaciones de vulnerabilidad, habrá una reducción del 50%, no acumulable, para quienes reciban el ingreso mínimo vital, perciban la renta mínima de la Junta de Andalucía o sean familias numerosas.
Las reducciones de economía circular se aplican al año siguiente, para tener la referencia del comportamiento del ciudadano en el año anterior; las de vulnerabilidad y familia numerosa, el mismo año (una vez que entre en vigor se abrirá el plazo de un mes para que las personas acrediten su situación de vulnerabilidad; y en el caso de las familias numerosas, será automático, si bien deberán acreditarlo aquellas que no consten como tal en bonificaciones de otros impuestos).
En el caso de las actividades económicas (AE), en base a la Ley, hay dos conceptos: los residuos asimilables a domésticos que genera el establecimiento (en base al artículo 2 de la Ley 7/2022) y los residuos comerciales propios de la actividad (tal y como establece el artículo 20 de la Ley 7/2022). Para ello hay varias opciones.
Las referidas ordenanzas permanecerán expuestas diez días hábiles en el Portal de Participación Ciudadana hasta las 12.00 horas del próximo 5 de diciembre, y a partir de ese momento se iniciaría el procedimiento de aprobación por el pleno para su entrada en vigor una vez se aprueben de forma definitiva y se publiquen en el BOP, que se prevé que sea a mediados de 2026.