MÁLAGA 12 Jul. (EUROPA PRESS) -
El juicio por el caso 'Pinillo', que versa sobre la operación urbanística desarrollada en la finca del mismo nombre en la localidad malagueña de Marbella, en el que han sido juzgados, entre otros, el exalcalde marbellí Julián Muñoz y el que fuera asesor urbanístico Juan Antonio Roca, ha quedado este martes visto para sentencia en la Sección Tercera de la Audiencia de Málaga.
Varios de los acusados, entre ellos Julián Muñoz, renunciaron a su derecho a la última palabra, por lo que este martes no han acudido a la última sesión del juicio.
Sí ha ejercido este derecho Roca para agradecer a la Sala, en su nombre y el de sus compañeros que están en prisión, que permitiera "flexibilidad" a la hora de acudir a las sesiones y también ausentarse antes de finalidad la jornada para poder ser trasladado a una hora "prudente" a la cárcel.
El que fuera testaferro de Roca, Óscar Benavente, ha explicado que no declaró en esta causa porque ya lo había hecho en el caso 'Malaya' por su relación con sociedades de Roca y ha asegurado que no puede arrepentirse "por algo que no he hecho", apuntando que en ese otro procedimiento "mostré mi arrepentimiento en cuanto a mi relación con Roca".
Uno de los empresarios acusados ha negado los hechos y que tuviera connivencia con el Ayuntamiento, además de que ha dicho que "se me ha engañado porque desconocía la situación del suelo" objeto de este procedimiento. Otros procesados han rechazado, igualmente, que conocieran la operación urbanística desarrollada en la finca 'El Pinillo'.
El juicio comenzó el día 8 de marzo pasado. Inicialmente había 21 acusados, pero las defensas, en las cuestiones previas alegaron, entre otros aspectos, la prescripción de algunos delitos, lo que la Sala aceptó en lo que respecta a cuatro de los procesados, que quedaron fuera del proceso. Además, la Fiscalía retiró toda la acusación para uno de los otros, que también será absuelto.
En las primeras sesiones del juicio, siete exediles aceptaron los hechos y los ocho años de inhabilitación para empleo o cargo público pedidos por la Fiscalía Anticorrupción. Fueron los exconcejales Marisa Alcalá, Rafael González, José Luis Fernández Garrosa, Alberto García Muñoz, Tomás Reñones, Javier Lendínez y José Luis Troyano.
Esta causa, instruida en el Juzgado de Instrucción número 1 marbellí, es una de las abiertas por convenios tras una querella presentada por la Fiscalía Anticorrupción a raíz de un informe de fiscalización del Tribunal de Cuenta.
La Fiscalía Anticorrupción ha venido sosteniendo que a través de la operación urbanística desarrollada en dicha finca se permitió la enajenación de patrimonio municipal, supuestamente, en beneficio de los acusados, a partir de la expropiación, subasta y posterior transmisión de los terrenos, que en el proceso se revalorizaron.
La acusación pública sostiene inicialmente que desde que llegó el grupo GIL al poder en Marbella "los acusados Julián Muñoz y Juan Antonio Roca, de forma concertada y con propósito de enriquecimiento injusto, gestionaron el patrimonio municipal en su propio beneficio y lucro personal o en el de terceros".
La finca pasó a ser urbanizable, "en claro perjuicio para el Ayuntamiento y respecto de sus anteriores propietarios". El fiscal relata una serie de operaciones "encadenadas" de transmisión del crédito hipotecario "que la gravaba" y en las que Roca participó, según el escrito, como interlocutor del Consistorio, pero también a través de empresas para adquirir la deuda.
En sus conclusiones definitivas, la Fiscalía Anticorrupción retiró la acusación por el delito de maquinación para alterar el precio del bien inmueble, por el que estaban acusados, entre otros, Muñoz y Roca, y por el que solicitaba una pena de un año de prisión para cada uno. Asimismo, retiró los cargos por el delito contra la ordenación del territorio y el de fraude que achacaba inicialmente a otros acusados.
A Roca se le acusa de los delitos de cohecho, estafa, fraude, alteración de subasta, negociación prohibida a funcionarios y prevaricación administrativa; mientras que a Muñoz, por prevaricación administrativa con carácter continuado, alteración de subasta pública, fraude, estafa y prevaricación como miembro de un órgano colegiado.