La Audiencia revoca el archivo de una pieza de Invercaria y ordena investigar al expresidente Francisco Álvaro

Imagen de archivo de Francisco Álvaro Julio
EUROPA PRESS - Archivo
Actualizado: viernes, 1 marzo 2019 14:59

Para el expresidente de la sociedad pública resulta "difícil" entender la decisión de la Audiencia de Sevilla

SEVILLA, 1 Mar. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial ha estimado parcialmente el recurso de apelación del PP-A para revocar el sobreseimiento de una de las piezas separadas de Invercaria, dictaminado por el Juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla, por lo que ordena continuar la causa y la toma de declaración en calidad de investigado de Francisco Álvaro Julio, presidente de esta sociedad pública hasta el pasado 1 de febrero.

En el auto, de fecha de 22 de febrero y al que ha tenido acceso Europa Press, se ha considerado "improcedente" el sobreseimiento y el archivo de la causa que investiga préstamos por 1,4 millones de euros que Invercaria concedió entre 2005 y 2011 a la productora granadina Kandor al considerar que estos préstamos "se otorgaron sin el seguimiento de un protocolo o procedimiento".

El PP, en su recurso, interesaba la continuación de la ausa por los trámites del procedimiento abreviado contra los ya investigados Tomás Pérez-Sauquillo --expresidente de Invercaria--, Marcelino Almansa --presidente de Kandor--, y Laura Gómiz --expresidenta de Invercaria-- por la presunta comisión de los delitos de malversación de caudales públicos, falsedad y prevaricación. En este sentido, la Audiencia señala que tomar declaración como investigado a Álvaro Julio resulta "incompatible" con el avance de la causa hacia la fase intermedia y la transformación de la causa en procedimiento abreviado.

En este sentido, la Audiencia Provincial señala que existen serios indicios de que los fondos que Invercaria aportó a Kandor lo hizo sin la existencia de un previo análisis y en algunos casos sin existir una previa propuesta, por lo que el otorgamiento de los fondos llegaron a ser posterior a la petición de éstos.

"Las ayudas públicas concedidas por Invercaria a Kandor se otorgaron sin el seguimiento de un protocolo o procedimiento, fueron otorgadas a requerimiento del interesado para atender necesidades de financiación en cada caso, incluso a través de los denominados préstamos puente, todo lo cual no puede sino calificarse de mecanismo de asistencia financiera cuando menos singular", explica el auto.

Además, recalca que se sobrepasaron los límites cuantitativos --1,2 millones de euros-- para los cuales se hacía necesaria la previa propuesta del Consejo Rector la ratificación del Consejo de Gobierno de la Junta, así como que existió una falta de información de la situación financiera de Kandor.

Por todo ello, el tribunal estima que existen indicios de la realización de unos hechos con relevancia penal, por lo que desestima el archivo de la causa y estima la petición de declaración como investigado de Francisco Álvaro Julio, que "pudiera estar implicado en los indicios delictivos existentes en razón de su cargo en Invercaria y como miembro del Consejo de Administración de Inverseed (a la que Invercaria había traspasado todos los derechos de crédito de Kandor), cuando se sobrepasó el límite de inversión que exigía la intervención del Consejo de Gobierno de la Junta".

ÁLVARO JULIO: "EL PP-A HA INTENTADO VARIAS VECES IMPUTARME"

Para Álvaro Julio, "resulta difícil" de entender ser investigado por ser miembro de un consejo de administración, cuando "no lo era hasta ocho meses después de la inversión investigada". Las anteriores inversiones a la sociedad Kandor "se realizaron muchos años antes a pertenecer como consejero vocal en Invercaria".

En declaraciones a Europa Press, Álvaro Julio ha explicado que los préstamos investigados fueron "una inversión en una productora de películas", en concreto para la producción de la película 'Justin y la espada Mágica', que se emitió en mas de 100 países y obtuvo una recaudación de aproximadamente 20 millones de euros.

"Debido a que no se consiguieron los resultados esperados en cuanto a número de espectadores al no mantenerse el interés en el público en los países que se emitió, no se cubrieron los gastos para producirla. La sociedad entró finalmente en concurso, que fue declarado fortuito", ha recordado el expresidente de Invercaria.

De otro lado, ha indicado que el recurso al sobreseimiento y archivo sólo lo plantea el Partido Popular. "Ni el juez de Instrucción número 16 de Sevilla ni el Ministerio Fiscal vieron hechos que pudieran tener el carácter de delito", por lo que "la Sección Tercera se ha apartado de la llamada 'doctrina Botín', es decir, si no existe acusación del Ministerio Público ni acusación de la acusación perjudicada debe archivarse y sobreseerse".

Con respecto al auto de la Sección Tercera, firmado por los magistrado Ángel Márquez, José Manuel Holgado y María Dolores Sánchez (ponente), Álvaro Julio ha subrayado que entre los magistrados "se
encuentra el ex director general de la Guardia Civil --José Manuel Holgado-- hasta junio del 2018, nombrado por el exministro del Interior, Juan Antonio Zoido".

Profundizando en el auto, ha precisado que "sólo" incluye de todo lo instruido una declaración de Cristóbal Canto Sánchez Ibargüen, "hijo de Cristóbal Canto, asesor económico del entonces dirigente popular Javier Arenas".

"Declaración como testigo en la que opina sobre documentos en los que él no participó en su elaboración, e incluso opina como testigo de documentos producidos cuando él ya no era trabajador de Invercaria, por lo que su testifical es difícil de entender", ha criticado sobre el auto, que "nada dice sobre que estos documentos fueron debidamente contestados por las personas que lo realizaron".

Por otro lado, recoge el auto de la Audiencia que Cristóbal Canto fue despedido de Invercaria "por negarse a elaborar informes técnicos predatados a instancia de la superiora jerárquica", pero "omite" la Sección Tercera, "o quizás lo desconozca, que ya se han producido dos sentencias firmes por las cuales se desmonta esta teoría falsa del motivo del despido".

DIMITIÓ EL 1 DE FEBRERO

Álvaro Julio dimitió tras ser cesado como director de Inversiones de la Agencia IDEA y para evitar las incompatibilidades de su vuelta a su plaza de Técnico Superior en la Junta de Andalucía. Tal dimisión se produjo con efectos desde el 1 de febrero pasado.

"El Partido Popular ha intentado en varias ocasiones imputar a Francisco Álvaro Julio, a lo que se ha opuesto tanto el juez de Instrucción como el fiscal, al no estar su mandato de presidente
de Invercaria comprendido en el periodo de inversiones que se investiga", según afirma el propio Julio.

"Sólo en una operación de inversión de 300.000l euros a Kandor aprobada por todo el consejo de Invercaria el 11 de noviembre de 2011, he participado", ha asegurado Álvaro Julio, recordando que "un mes después se abonó con sus intereses, es decir una operación financiera a corto con éxito".

"Es la única en la que intervino Álvaro Julio, como consejero vocal de Invercaria, sin ningún razón de su cargo como dice la Audiencia para justificar su investigación, y menos aun se puede justificar por ser miembro del Consejo de Administración de Inverseed, como señala, erróneamente el auto de apelación de la Sección Tercera, pues no fue hasta el año 2012 cuando fue nombrado por el consejo de administración presidente de Invercaria, 21 de febrero de 2012, y consejero delegado en octubre de 2012 de Invercaria; y consejero de Inverseed en julio del 2012", ha detallado. .

En declaraciones a Europa Press, Álvaro Julio ha manifestado "no entender cuáles son los hechos por los que ahora la Audiencia de
Sevilla ha ordenado que se le investigue, salvo que los errores citados hayan confundido a la Sala, por lo que debería rectificarse el auto".

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