La Cámara de Cuentas de Andalucía aprueba las directrices técnicas de fiscalización de la fundación pública Faisem

Archivo - Imagen de archivo del nuevo logotipo de la Cámara de Cuentas de Andalucía.
Archivo - Imagen de archivo del nuevo logotipo de la Cámara de Cuentas de Andalucía. - JOAQUIN CORCHERO / EUROPA PRESS - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: martes, 25 agosto 2026 10:58

SEVILLA 25 Ago. (EUROPA PRESS) -

El Pleno de la Cámara de Cuentas de Andalucía ha aprobado el documento de directrices del 'Informe de Fiscalización de la Fundación Pública Andaluza para la Integración Social de Personas con Enfermedad Mental (Faisem). Medio Propio'.

Según ha informado este martes la Cámara de Cuentas en una nota, la actuación se ha diseñado como "una fiscalización combinada que incluye el cumplimiento de la legalidad en la financiación para la prestación de un servicio público y la evaluación de la eficacia, eficiencia, equidad y calidad --fiscalización operativa-- de los programas de apoyo social: residencial y de empleo".

El objetivo general de esta actuación consiste en "opinar sobre el cumplimiento con la normativa de aplicación de la financiación que Faisem destina a la prestación del servicio público que desarrolla, y en concluir que los sistemas, procedimientos y el uso de los recursos en la gestión de los programas de apoyo social residencial y de empleo se ajustan a los principios de eficacia, eficiencia, equidad y calidad".

Además, en su caso, se formularán "recomendaciones que contribuyan a la subsanación de las deficiencias observadas y a la mejora de la gestión", según ha avanzado la Cámara de Cuentas.

El alcance objetivo o materia fiscalizada se circunscribe a la financiación que la entidad destina para el desarrollo de toda su actividad y en la gestión que, de forma directa, se lleva a cabo para los programas de apoyo social: residencial y de empleo, según concretan también desde el órgano fiscalizador.

El alcance subjetivo de la fiscalización se delimita en Faisem y las delegaciones territoriales, "como responsables del desarrollo y gestión de los recursos de apoyo social para personas con dependencia y discapacidad derivada de padecer trastornos mentales graves".

El alcance temporal se determina por las actuaciones realizadas en el ejercicio 2024. No obstante, precisan desde la Cámara de Cuentas que, "a efectos comparativos y si se dispone de la información, algunos de los procedimientos de auditoría y de los indicadores utilizados para valorar la eficacia podrán referirse a un espacio temporal más amplio, si éstos resultaran necesarios para una mejor consecución de los objetivos de la actuación".

En la página web de la Cámara de Cuentas --'www.ccuentas.es'--, en el apartado 'Actuaciones en curso', se encuentra toda la información referente a este documento de directrices técnicas.

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