Condenado a prisión el varón acusado de prostituir y maltratar a su pareja con minusvalía

Actualizado: miércoles, 21 enero 2015 18:10

Supuestamente le decía que "era más fácil" que ella "ejerciera la prostitución" a que él "robara" para "formar una familia" e irse a Rumanía

CÓRDOBA, 21 Ene. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Córdoba ha condenado a una pena de cuatro años de prisión, multa de 3.600 euros y orden de alejamiento durante seis años al hombre acusado de un delito relativo a la prostitución, tres delitos de maltrato en el ámbito familiar y un delito de maltrato habitual, tras supuestamente obligar a prostituirse a su pareja, que tiene un 39 por ciento de minusvalía por una enfermedad mental, al tiempo que presuntamente la agredía y amenazaba cuando ella expresaba su "negativa a seguir ejerciendo la prostitución".

Según recoge la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los jueces dan por probado que el procesado, de nacionalidad rumana, desde agosto de 2011 hasta abril de 2013 ha mantenido una relación sentimental con la afectada, y en noviembre de 2011 tuvieron "diferentes conversaciones" en las que trataban "el tema de la precariedad de su situación económica".

En este sentido, él supuestamente le decía a la mujer que "era más fácil que ella ejerciera la prostitución a que él robara, porque él podría tener problemas con la Justicia por ello", al tiempo que le sugería que "ejercer la prostitución era libre y la policía no se metería en controlarla".

Además, según la resolución, le proponía "formar una familia e irse juntos a Rumanía, para lo cual debían conseguir dinero, convenciendo a la mujer de que la mejor forma de hacerlo sería acostándose ella con otros hombres a cambio de dinero". Ante tales manifestaciones y debido a "la enorme influenciabilidad de la perjudicada que padece la discapacidad", ésta supuestamente atendió a las peticiones del acusado.

De este modo, en un principio el procesado le concertaba citas con hombres en un hotel y en un piso, al tiempo que "trató de concertar con dueños de algunas casas de citas la prestación de servicios sexuales por parte de la mujer, sin que se llegaran a producir dichos servicios".

Con posterioridad, agrega la sentencia, el acusado facilitó ropa "provocativa" y preservativos a la afectada, a quien trasladaba al polígono La Torrecilla para que "realizara practicas sexuales a cambio de dinero". Los jueces detallan que "era habitual que el procesado permaneciera en la zona para vigilar que efectivamente realizara su cometido" y después "reclamaba las ganancias obtenidas a la perjudicada".

En ocasiones que la perjudicada no ha sido capaz de concretar, el acusado "le agredía y amenazaba cuando ella expresaba su negativa a seguir ejerciendo la prostitución". Así, relata que un día le dio "varias bofetadas"; en otro momento mantuvo una discusión porque "no quería ejercer la prostitución" y el acusado supuestamente "la empujó y la obligó a bajarse del vehículo, pillándole los dedos con una puerta", y en otra ocasión le dio un puñetazo en la boca.

LAS DECLARACIONES DE LOS TESTIGOS

Entretanto, los jueces aluden a las declaraciones de varios testigos directos, para determinar que el acusado iniciara a la mujer en la prostitución y "posteriormente la obligó a mantenerse en dicha situación bajo amenaza de violencia, llegando en varias ocasiones a materializar la amenaza mediante las agresiones".

Al respecto, las partes acusadoras pusieron de manifiesto en el juicio "las contradicciones" de la afectada en relación a su declaración en la vista oral, frente a lo que mantuvo en la fase de instrucción.

Mientras, los jueces apuntan que la mujer "reconoció abiertamente que ejercía la prostitución, negando --en contra de lo declarado ante el Juzgado Instructor-- que fuese obligada a ello, dando con sus respuestas a entender que conocía sin dificultad las consecuencias de sus acciones y que distinguía perfectamente la voluntariedad o forzamiento en su ejecución", por lo que no consideran que "se trate de una persona incapaz para autodeterminarse en el plano sexual".

Ello, según la resolución, "viene corroborado por lo manifestado por el médico forense en el sentido de que no aparece con claridad que exista un retraso mental, pero sí alteraciones de conducta, con una capacidad intelectual baja, inferior a la media, en el límite de la normalidad".

Cabe destacar que el fiscal pedía para el procesado penas por cinco años y siete meses de cárcel y una orden de alejamiento durante diez años, y la acusación particular solicitaba que se le impusieran seis años de prisión y el pago de una indemnización de 3.000 euros. Por su parte, la defensa pidió la absolución.

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