Condenados a seis años los acusados de dejar en coma a un compatriota tras una paliza en Baeza

Actualizado: martes, 17 diciembre 2013 22:33

JAÉN, 5 Dic. (EUROPA PRESS) -

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Jaén ha condenado a seis años de cárcel a M.E. y A.A., dos varones de origen marroquí, como autores de un delito de homicidio en grado de tentativa cometido en mayo de 2012 contra un tercero, de su misma nacionalidad y que responde a las siglas A.J., a quien dejaron "en coma profundo" como consecuencia de una paliza tras un altercado en Baeza (Jaén).

De esta manera, la sentencia, fechada este pasado día 2 de diciembre y a la que ha tenido acceso Europa Press, considera probado que sobre las 0,30 horas de la noche del 9 de mayo de 2012, los ahora condenados, en la entrada de un supermercado, "comenzaron a golpear" a A.J., con quien previamente ese día habían mantenido una discusión "con empujones" en la estación de autobuses de Baeza, usando para ello "un hierro".

Aunque la víctima "trató de huir", fue "perseguida" por los acusados, y "perdió el conocimiento", tras lo cual éstos lo trasladaron "hasta la Casería la Mimosa", donde lo "continuaron golpeando con palos" y hasta con "un arma blanca", para posteriormente dejarlo "abandonado" en un polígono agrícola, donde una persona que se dirigía a una de las naves de dicho recinto lo encontró "sobre las 6,30 horas, ensangrentado e inconsciente".

Desde allí fue trasladado al Hospital 'San Juan de la Cruz' de Úbeda, donde ingresó "en estado de coma profundo", además de con "hipotermia", un "traumatismo craneoencefálico severo" y "15 heridas incisas", entre otras lesiones.

El tribunal que ha enjuiciado el caso considera "evidente" que los acusados propinaron una "brutal agresión" a A.J., "golpeándole primero con un hierro y después con palos y utilizando un arma blanca", que "sin duda le hubieran causado la muerte si no es por la rápida intervención médica a que fue sometido en el Hospital de Úbeda".

"ÁNIMO DE MATAR"

De esta manera, "no cabe duda del ánimo de matar que presidió la conducta de los acusados, tanto por el número de golpes dados (...), como las armas y medios utilizados, hierro y arma blanca, y las circunstancias de tiempo y lugar, la madrugada y en la finca la Mimosa, en las afueras de Baeza".

No obstante, los jueces no aprecian que los imputados actuasen "con alevosía ni por precio o recompensa ni con ensañamiento", ya que "no hubo total indefensión" en la víctima, que incluso "logró huir" al comienzo de la agresión, y además "no consta que aumentaran deliberadamente el dolor de la víctima".

Así las cosas, el tribunal ha resuelto condenar a A.A. y M.E. a una pena de seis años de prisión por un delito de homicidio en grado de tentativa, así como les prohíbe acercarse a A.J. a menos de 500 metros de distancia y a comunicarse por cualquier medio con él durante siete años.

Por último, la sentencia, que puede ser recurrida en casación, también les obliga a indemnizar a la víctima con 22.500 euros "por las lesiones causadas", y con 36.000 euros "por las secuelas".

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