SEVILLA 8 Jun. (EUROPA PRESS) -
Los puestos de libre designación (PLD) a los que pueden acceder los funcionarios de la Junta de Andalucía han crecido un 18% desde 2019, año de la llegada de Juanma Moreno a la Presidencia.
En estos momentos son 2.875 plazas de las denominadas de especial responsabilidad que desempeñan empleados públicos, según los datos contabilizados a 31 de diciembre de 2024. Son 439 más de las que había en el primer año de gobierno de Moreno, cuando eran 2.436.
Son datos que ha ofrecido el consejero de Justicia, Administración Local y Función Pública, José Antonio Nieto, en su respuesta a una pregunta escrita sobre estos puestos que le hace el Grupo Parlamentario Vox en Andalucía, publicada en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía (BOPA).
En estos momentos la Junta de Andalucía tienes abiertas 171 plazas de una convocatoria en la que pueden participar 36 organismos, incluidas las consejerías y organismos como el Servicio Andaluz de Salud (SAS) o el Servicio Andaluz de Empleo (SAE), según los datos a los que ha accedido Europa Press a través del Portal de Transparencia de la Administración autonómica.
Los niveles ofertados oscilan entre el 16 y el 30. De este último nivel se ofertan una plaza en Sevilla de inspector general de Educación, cuyo complemento específico es de 31.532,64 euros, o de coordinador general de la Dirección General de Comunicación Social de la Consejería de la Presidencia, con un complemento específico de 29.574,72 euros.
Nieto argumenta a Vox que la libre designación "queda reservada" para los funcionarios para puestos "que así lo tengan establecido, bien por disposición legal o reglamentaria" y asegura que se trata de un "sistema obligatorio" para el desempeño de tareas consideradas de "especial responsabilidad, colaboración y disponibilidad".
Otro supuesto para que sea un funcionario quien asuma un puesto de libre designación es la "confianza personal", apartado donde el consejero de Justicia encuadra "las secretarías de personal alto cargo y los puestos del Grupo A, Subgrupo A1", funcionarios a los que vincula con altos cargos como directores generales o asimilados, además de para el desempeño de tareas de "especiales funciones de asesoramiento y colaboración".
Según los datos del Anexo de Personal del Presupuesto de este año la Junta de Andalucía se aproxima a los 300.000 funcionarios. Son 292.093 empleados, de los cuales 115.406 es personal sanitario; 106.806 son docentes; 46.763 pertenecen a Administración General; y 14.782 son laborales no incluidos en el VI Convenio Colectivo de la Junta de Andalucía para este sector.
LA PROMOCIÓN PARA UN FUNCIONARIO: CONCURSO Y LIBRE DESIGNACIÓN
La Ley 5/2023 de la Función Pública de Andalucía regula la promoción del funcionario de carrera, que se ejecuta a través del concurso de méritos, en sus dos modalidades de general y específico, y la libre designación.
En el primer supuesto la norma prevé que la cobertura de esos puestos de trabajo se haga con "la valoración de los méritos, capacidades y, en su caso, aptitudes de las personas candidatas que participen en estos procesos".
La ley andaluza describe la libre designación como una convocatoria pública que propicia "la apreciación discrecional" del órgano convocante de ese proceso "de la idoneidad y las competencias de las personas candidatas" acerca de los requisitos exigidos.
El procedimiento para establecer los puestos de libre designación es competencia de los consejeros, aunque es necesario "informe del órgano directivo competente en materia de Función Pública cuando el personal funcionario de carrera proceda de otras Administraciones públicas".
La convocatoria de una plaza de libre designación deberá incluir "la denominación, nivel, localización y requisitos para su desempeño" y se publicará en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.
Por "razones de urgencia o la necesidad de cobertura" un puesto de libre designación "podrá ser cubierto de manera inmediata y con carácter provisional" por funcionarios de carrera y en ese supuesto se podrá "prescindir del cumplimiento de los requisitos que se establezcan relativos a la experiencia y la formación".
CESE DISCRECIONAL Y MOTIVADO EN LA LIBRE DESIGNACIÓN
"Los titulares de los puestos de trabajo provistos por el procedimiento de libre designación podrán ser cesados discrecionalmente, debiendo ser los ceses expresamente motivados", dice la Ley de Función Pública andaluza, así como establece que los funcionarios cesados se "adscribirán provisionalmente a un puesto de trabajo".
En el supuesto "de no existir puesto de trabajo adecuado o cuando, existiendo este, no se encontrara dotado, la Consejería con competencias en materia de Función Pública creará, con el carácter a extinguir, o dotará, en su caso, los puestos que sean necesarios para garantizar el derecho de adscripción".
Para las plazas de libre designación cabe la adscripción provisional "en tanto no obtengan un puesto con carácter definitivo, a un puesto de trabajo correspondiente a su cuerpo o especialidad de pertenencia, con respeto al tramo de carrera profesional consolidado y preferentemente en la misma localidad del puesto de origen, con efectos del día siguiente al de la fecha del cese".
La ley andaluza prevé en caso de cese en un puesto de libre designación que la Junta de Andalucía, "en el plazo máximo de un mes a contar desde el día siguiente al del cese, podrá acordar su adscripción a otro puesto o le notificará que no va a hacer efectiva dicha adscripción", aunque "entenderá que continúa a todos los efectos en servicio activo" en la Administración de la Junta de Andalucía.
Contempla la norma autonómica que, a falta "del desarrollo reglamentario del contenido de las relaciones de puestos de trabajo", los puestos de libre designación "podrán ser cubiertos con personal funcionario de otras Administraciones públicas".