Gobierno andaluz aprueba la concesión de un crédito extraordinario de 10 millones por el gasto de las elecciones del 2D

Preparativos en un colegio electoral para las pasadas elecciones al Parlamento andaluz celebradas el 2 de diciembre de 2018.
Preparativos en un colegio electoral para las pasadas elecciones al Parlamento andaluz celebradas el 2 de diciembre de 2018. - JUNTA DE ANDALUCÍA - Archivo
Publicado: martes, 26 noviembre 2019 14:55

SEVILLA, 26 Nov. (EUROPA PRESS) -

El Consejo de Gobierno ha acordado iniciar los trámites del anteproyecto de Ley de concesión de un crédito extraordinario por importe de 10.061.832,91 euros para pagar a las formaciones políticas los gastos causados por las elecciones al Parlamento de Andalucía celebradas el 2 de diciembre de 2018.

Tras la emisión el pasado 18 de junio, por parte de la Cámara de Cuentas de Andalucía, del informe de fiscalización de la contabilidad electoral y tras el informe favorable emitido por el Consejo Consultivo, procede (de conformidad con lo previsto en los artículos 49.2 de la Ley 1/1986, de 2 de enero, y 43 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo) la aprobación de un crédito extraordinario para sufragar las subvenciones a adjudicar a los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores por los gastos electorales causados.

El artículo 48.1 de la misma Ley establece la obligación de presentar, tanto a los partidos, federaciones, coaliciones o agrupaciones de electores que cumplan los requisitos exigidos para recibir subvenciones, como aquellos que hubiesen solicitado adelantos con cargo a las mismas, una contabilidad detallada y documentada de sus respectivos ingresos y gastos electorales ante la Cámara de Cuentas de Andalucía, según explica la Junta en una nota.

El anticipo del 90 por ciento del importe de las subvenciones, previsto en el artículo 48.3 de la Ley 1/1986, de 2 de enero, se ha abonado por vía extrapresupuestaria, por lo que resulta necesario aprobar un crédito extraordinario por el importe global de las mismas para hacer frente presupuestariamente a dicho anticipo y al diez por ciento restante del total de las subvenciones.