JAÉN 5 Ene. (EUROPA PRESS) -
Los críticos de IU que interpusieron una demanda en la que pedían la protección del derecho fundamental a la democracia interna en el funcionamiento de los partidos políticos al tiempo que solicitaban la suspensión cautelar del proceso asambleario provincial de IU así como de las atribuciones de Luis Segura como coordinador provincial han anunciado que van a recurrir el auto del juzgado que denegaba esas medidas cautelares.
A juicio de los demandantes, "hay indicios racionales de que la elección de Luis Segura como coordinador provincial y la del presunto consejo provincial de IU de Jaén están viciados de nulidad". Además, subrayaron que "la presunta Comisión Ejecutiva de IU de Jaén y sus presuntos componentes siguen manipulando y desinformando" ya que "el juzgado no ha denegado la demanda interpuesta", según informaron en un comunicado.
Así, explicaron que en el fundamento número uno del auto "se concluye que la demanda interpuesta por esta parte es la adecuada para la protección jurisdiccional de los derechos fundamentales conculcados" mientras que en el fundamento número dos "se establece que existen indicios suficientes para apreciar el requisito de apariencia de buen derecho ya que 'al parecer la elección de los cargos directivos en otra planta distinta del edificio en donde estaba convocada la Asamblea, no constando acreditado si tal forma de elección garantizó la participación en la misma de los actores que dicen vulnerados sus derechos'".
"Es decir, hay indicios racionales de que la elección de Luis Segura Peñas y el Consejo Provincial de IULV-CA de Jaén está viciada de nulidad y podría haberse decretado por tal motivo la medida cautelar solicitada", según analizaron.
A todo añaden que en el fundamento número tres el juez establece que "la supuesta vulneración de los derechos denunciada en la demanda se produjo hace un año, llevándose plenamente a efecto a efecto desde entonces lo acordado en la Asamblea, por lo que mal puede ahora pretenderse que si se prolonga dicha situación durante la pendencia del proceso pueda impedirse o dificultarse la ejecución de lo que se acuerde en la sentencia que ponga término a la litis".
ARGUMENTO DE LA DENEGACIÓN
Para los demandantes "el juez entiende que ha pasado un tiempo que dificulta la adopción de las medidas cautelares solicitadas. Este es el único argumento que el juez considera para denegar las medidas cautelares solicitadas".
Todo ello significa, en su opinión, que los demandantes comunicaron en tiempo y forma a la Comisión de Arbitraje y Garantías Democráticas de IULV-CA la correspondiente impugnación de la Asamblea Provincial del 2 de diciembre de 2007 celebrada en la localidad de Torredelcampo --"como se exige estatutariamente"-- y esperar el tiempo suficiente para que emitieran su dictamen, "que no ha tenido lugar en momento alguno".
Y esto fue así porque si hubieran interpuesto primero la correspondiente demanda judicial de protección jurisdiccional de los derechos a la participación democrática "conculcados por Luis Segura Peñas y su grupo la habrían podido seguramente desestimar por no agotar el procedimiento interno". Es por ello que la demanda se interpuso transcurridos los seis meses y antes del proceso de la XVII Asamblea Andaluza de IULV-CA y la IX Asamblea Federal de IU.
Al no contestar la Comisión de Garantías de IULV-CA y de IU, se ha generado "una situación de indefensión" de los demandantes y sus representados que contraviene el artículo 24.1 de la Constitución Española. "Por tales motivos, se ha registrado en el juzgado correspondiente el escrito de anuncio del recurso de apelación del auto dictado y será la Audiencia Provincial la que se pronuncie definitivamente sobre las Medidas Cautelares solicitadas".
En último lugar, detallaron que respecto al procedimiento en sí de protección jurisdiccional de los Derechos Democráticos que ellos estiman que se han conculcado se ha señalado la fecha del próximo 26 de enero de 2009 para la correspondiente audiencia.