JEC amplía a los días 1 y 2 de diciembre el plazo para poder depositar el voto en consulados en el extranjero

Voto, urna, elecciones
JUNTA DE ANDALUCÍA
Actualizado: miércoles, 7 noviembre 2018 14:08

SEVILLA, 7 Nov. (EUROPA PRESS) -

La Junta Electoral Central (JEC) ha acordado que el plazo para poder depositar el voto en consulados y oficinas consulares en el extranjero con motivo de las elecciones andaluzas del 2 de diciembre se amplíe a los días 1 y 2 de ese mes, cuando en un principio se cerraba el 30 de noviembre.

Este acuerdo de la JEC se adopta después de que Adelante Andalucía planteara una solicitud para la apertura de un plazo extraordinario del depósito del voto en las oficinas consulares y para que se adopten las medidas necesarias para garantizar que llegue a tiempo de ser escrutado el voto de los electores residentes en el exterior.

La JEC hace referencia en su resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, a las "dificultades que se han planteado respecto a la tramitación de este voto en anteriores procesos electorales", de manera que considera que concurren circunstancias excepcionales para la ampliación del plazo solicitado.

En este sentido, determina que los consulados y oficinas consulares habilitadas para el voto en urna en este proceso electoral, "de forma excepcional, deberán abrir de nuevo el sábado 1 y el domingo 2 de diciembre a efectos de recibir tanto los votos por correo remitidos hasta ese momento, como aquellos otros que puedan presentar los electores dentro de este plazo extraordinario".

Se añade que dicha apertura no podrá extenderse más allá de la hora prevista para el cierre de los colegios electorales en la península, esto es, a las 20,00 horas del domingo 2 de diciembre. Tanto la Dirección General de Españoles en el Exterior y de Asuntos Consulares y Migratorios como los respectivos consulados deberán proporcionar la mayor difusión posible entre los electores de esta ampliación del plazo.

Asimismo, la JEC señala que los sobres depositados por los electores y recibidos por correo hasta la fecha del 30 de noviembre, cuando finalizaba en un principio el plazo, deberán ser remitidos con la mayor celeridad posible a la oficina que a estos efectos se constituya en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, la cual procederá al envío urgente a las correspondientes juntas electorales provinciales.

En cuanto a los sobres que se depositen en el nuevo plazo, esto es 1 y 2 de diciembre, según la JEC, se deberán utilizar todos los medios de que se dispongan para remitirlos por el procedimiento más rápido posible al Ministerio de Asuntos Exteriores.

La Junta Electoral indica que por la Dirección General de Españoles en el Exterior deberán tomarse todas las medidas necesarias para procurar que los sobres con los votos de los electores puedan estar a disposición de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos
antes de las 13,00 horas del martes 4 de diciembre, de manera que ésta pueda realizar la entrega a las respectivas juntas electorales provinciales antes de las 8,00 horas del miércoles 5 de diciembre para su escrutinio.