La juez Núñez confirma la exclusión de Juan Márquez de la pieza separada por el ERE de Río Grande

Tribunales.- Revocan auto de la juez Núñez que excluía a Rivera en una pieza de
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Publicado: martes, 26 marzo 2019 14:54

SEVILLA, 26 Mar. (EUROPA PRESS) -

La juez de Instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños, que instruye la causa de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, ha confirmado la exclusión del exdirector general de Trabajo Juan Márquez de la pieza separada que investiga la ayuda concedida por la Consejería de Empleo por el ERE de 2005 a la empresa sevillana Río Grande.

En el auto, con fecha del 11 de marzo y al que ha tenido acceso Europa Press, la juez acuerda desestimar los recursos de apelación interpuestos por el Ministerio Fiscal y por la Junta de Andalucía contra la providencia del juzgado Instrucción número 6 de Sevilla, con fecha de 13 de abril de 2018, en el que se acordaba no incluir en la causa de Río Grande al exdirector general de Empleo, y contra el auto de fecha de junio de 2018, desestimatorio de la reforma de la anterior resolución.

Asimismo, el escrito recoge que el Ministerio Fiscal, "en su primer motivo impugnatorio", alega que "la resolución recurrida debió revestir forma de auto y no de providencia" por lo que pidió la nulidad de ésta. Ante esto, la magistrada apunta que esta alegación "no puede prosperar" porque, "independientemente de su forma", la resolución adoptada se encontraba "debidamente razonada".

Igualmente, el auto indica que ni el dictado del auto que resolvía las cuestiones previas planteadas en el juicio del "procedimiento específico" de la causa de los ERE "constituye un hecho nuevo con trascendencia objetiva o procesal" en la causa de Río Grande en referente a Márquez, así como que "ni se aducen por las partes recurrentes otros datos o circunstancias novedosas que justifiquen volver a dirigir el procedimiento" contra el exdirector general de Trabajo.

"Como sin duda ya le consta al Ministerio Fiscal y a la Junta Andalucía, la cuestión ya ha sido resuelta en otros supuestos idénticos al presente, en los que también se investigan las ayudas sociolaborales de carácter público por la Dirección General de Trabajo de la Junta de Andalucía a determinadas empresas", recalca el escrito.

De otra parte, la juez Núñez indica en el auto que con respecto al recurso formulado por la Junta "no cabe sino reproducir nuevamente lo ya resuelto" en el auto de fecha de 13 de febrero de 2019, "pues el contenido de aquel otro recurso resulta idéntico al que ahora se examina".

Así, reitera que la Sala no admitió a trámite el incidente de nulidad planteado por el Gobierno andaluz "por cuanto se pretendía provocar un nuevo debate sobre el objeto del recurso, pese a que lo se plantea ahora" ya "mereció explicación y respuesta en nuestro auto".

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