Archivo - Oficina de la Agencia Tributaria - Marta Fernández Jara - Europa Press - Archivo
SEVILLA 1 Jun. (EUROPA PRESS) -
Un total de 1.468.099 contribuyentes han recibido ya en Andalucía la devolución de más de 899,7 millones de euros superados los dos primeros meses de campaña del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 2021 (IRPF 2021), de manera que ya han sido abonadas el 80,97% de las solicitudes de devolución realizadas por el momento y el 74% de los importes a devolver que se han solicitado.
La Delegación del Gobierno en Andalucía ha detallado a través de un comunicado que 2.486.625 contribuyentes en la comunidad ya han presentado su declaración, de los que 1.813.109 son solicitudes de devolución por importe total de 1.215,3 millones de euros.
En el conjunto de España, hasta la fecha la Agencia ha abonado en los dos primeros meses de la campaña más de 4.895 millones de euros a 7.399.000 contribuyentes, el 80,8% de las solicitudes de devolución realizadas por el momento y el 73,4% de los importes a devolver solicitados.
Estos porcentajes son similares a las del año pasado en las mismas fechas, pese a que las propias presentaciones con solicitud de devolución descienden ligeramente, un 1,6% en número y un 1,7% en importe.
Se han presentado ya más de 2.966.000 declaraciones con resultado a ingresar por parte de contribuyentes que han optado por agilizar la presentación, ya que no tienen que realizar los primeros pagos hasta el final de la campaña.
La campaña llega ahora a su tercio final y, en total, ya han presentado su declaración por vías no presenciales 12.990.000 contribuyentes, 164.000 más que el año pasado en las mismas fechas.
En el conjunto de la campaña está prevista la presentación de 21.921.000 declaraciones, un 0,9% más que el año pasado, y de ese total se espera que 14.350.000 den derecho a devolución (dos tercios del total y un 1,1% más que el año anterior) por un importe estimado de 11.122 millones de euros (5,8% más). También se prevén 5.971.000 declaraciones a ingresar (un 1,5% menos), por importe de 13.400 millones de euros.
MÁS DE 739.000 DECLARACIONES POR TELÉFONO
Por vías de presentación, además de la página web de la Agencia Tributaria como canal telemático principal, se han presentado también más de 365.000 declaraciones a través de la aplicación móvil de la Agencias, de las cuales 264.000 se corresponden con presentaciones 'en un solo clic' y el resto son contribuyentes a los cuales la 'app' ha derivado a la web de la AEAT para realizar alguna modificación y han vuelto a la aplicación para concluir la presentación.
La principal alternativa no presencial a la web es el plan 'Le Llamamos', para el que ya han pedido cita previa más de 968.000 contribuyentes y de los cuales ya cuentan con su declaración presentada más de 739.000.
El año pasado año la campaña concluyó con una cifra récord de más de 1.153.000 declaraciones presentadas por esta vía telefónica (el 70% de todas las declaraciones que se realizaron con asistencia personalizada).
Una vez que el contribuyente pide cita (se recomienda la solicitud por internet o mediante servicio automático en el 91 535 73 26, o en el 901 12 12 24) y elige horario de mañana o de tarde, el sistema le propone un día y una hora en la que recibirá la llamada de la Agencia Tributaria. En favor de la propia agilidad del servicio, resulta muy conveniente que el contribuyente tenga disponible la información y documentación necesaria para realizar la declaración cuando le llame la Agencia.
COMIENZA LA ASISTENCIA EN OFICINAS
Desde este miércoles la Agencia Tributaria complementa esta asistencia personalizada por teléfono con el habitual servicio de confección de declaraciones en las oficinas previa cita, que prestará en colaboración con las comunidades autónomas y ayuntamientos.
Con aplicación de medidas de distancia de seguridad y control de aforos, la asistencia en oficinas se seguirá prestando con un esquema de apertura progresiva, de forma que se pueda ajustar la capacidad de absorción que tengan los centros de atención.
Si el contribuyente no encuentra citas disponibles, no significará que no queden citas, sino que se volverán a abrir más citas en los días siguientes. La Agencia recomienda no esperar a esa nueva apertura, sino optar por el servicio 'Le Llamamos'.
Al objeto de mitigar una eventual pérdida de citas en perjuicio del conjunto de los contribuyentes, la Agencia recuerda a los ciudadanos que pueden anular su cita por cualquiera de las vías habilitadas para su obtención si han decidido no hacer uso de ella.
INFORMADOR DE RENTA
La campaña de este año cuenta, como principal novedad, con una versión renovada y ampliada del 'Informador' de Renta y la creación de otro específico sobre actividades económicas. Esta herramienta, disponible en la web de la Agencia, incluye los bloques de ayuda en Renta estructurados y sistematizados para ofrecer la información solicitada a partir de preguntas sencillas realizadas por el 'Informador', que también permite conservar el diálogo y la respuesta dada en formato PDF.
El 'Informador' de Renta es un servicio integral de asistencia en línea con más de 800 respuestas a las dudas más destacadas de todo el impuesto en materias tales como las novedades de campaña, la obligación de declarar, opciones de tributación y situaciones personales y familiares, beneficios fiscales, inmuebles y productos financieros, así como las incluidas en el 'Informador' específico sobre actividades económicas. Todo ello a partir de 23 apartados iniciales de contenidos.
QUIÉNES NO ESTÁN OBLIGADOS A DECLARAR
En términos generales, no están obligados los contribuyentes con rentas exclusivamente procedentes del trabajo hasta un importe de 22.000 euros anuales. Sin embargo, este límite se reduce si los rendimientos proceden de más de un pagador (salvo excepciones), o también cuando el pagador no está obligado a retener y cuando los rendimientos están sujetos a un tipo fijo de retención. En tales casos, el límite es de 14.000 euros anuales.
Ambos límites siguen siendo válidos para no declarar si el contribuyente cuenta, en su lugar, o además, con dividendos, intereses y ganancias patrimoniales sometidos a retención con un tope conjunto de 1.600 euros o rentas inmobiliarias imputadas, rendimientos íntegros del capital mobiliario no sujetos a retención derivados de letras del Tesoro y subvenciones para la adquisición de viviendas de protección oficial o de precio tasado, y demás ganancias patrimoniales derivadas de ayudas públicas, con el límite conjunto de 1.000 euros.
Igual que el año anterior, tampoco estarán obligados los contribuyentes que cuenten con rendimientos del trabajo, capital y actividades económicas, así como ganancias patrimoniales (subvenciones, premios y otras), con el límite conjunto de 1.000 euros, junto con pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.Se recuerda que los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital deben presentar la declaración, de acuerdo con la normativa que establece el IMV.