El portavoz del Grupo Popular en el Ayuntamiento de Jaén, Agustin González. - PP DE JAÉN
JAÉN 2 Nov. (EUROPA PRESS) -
El Grupo Popular del Ayuntamiento de Jaén ha presentado un recurso potestativo de reposición para suspender la cesión del servicio municipal de recaudación a la Diputación provincial aprobada en el pleno de septiembre.
Así lo ha notificado la formación en una nota, que argumenta que el convenio "vulnera el principio de igualdad entre administraciones públicas y perjudica económicamente al Consistorio".
Respecto al principio de equidad, el portavoz del Grupo Popular, Agustín González, ha señalado que el acuerdo otorga un "poder decisorio prevalente" a la Diputación, dado que el gerente del servicio provincial de recaudación "cuenta con un voto de calidad en la comisión de seguimiento del convenio, formada por tres miembros de cada una de las administraciones firmantes".
Al hilo, este desequilibrio ha sido resaltado tanto por la Tesorería municipal como por el Consejo Económico y Social de Jaén, que en sendos informes advierten de que el convenio "contraviene la igualdad que debe ser inherente a un acuerdo de estas características", motivo por el que el órgano consultivo "planteó en su dictamen la conveniencia de propiciar una igualdad real en el acuerdo".
En cuanto al efecto económico de la cesión, el portavoz ha expuesto que el acuerdo implica "incrementar injustificadamente" el gasto de la Administración, que pagará a la Diputación casi 5,3 millones de euros por la recaudación de tributos en concepto de premio de cobranza, cantidad a la que hay que sumar casi tres millones por la recaudación derivada de las multas de tráfico.
La formación ha señalado que los fundamentos de derecho en los que el Grupo Popular apuntala su recurso de reposición se sustentan en el artículo 112 de la ley 39/2015 de procedimiento administrativo común (LPAC) de las administraciones públicas contra resoluciones "que pueden generar indefensión o perjuicio irreparable".
MOTIVOS DE NULIDAD
Agustín González ha aclarado que, según lo dispuesto en el artículo 123 de la LPAC, los actos que pongan fin a la vía administrativa "podrán ser recurridos de manera potestativa en reposición ante el mismo órgano que los hubiera dictado", en este caso el pleno del Ayuntamiento, o ser impugnados "directamente en el orden jurisdiccional contencioso-administrativo".
Para el portavoz del Grupo Popular "resulta evidente" que con la ejecución del acuerdo, prevista para el 1 de enero de 2026, se ocasionarían daños y perjuicios "de imposible o difícil reparación para la ciudadanía jiennense", de ahí "que afirme que concurren requisitos legales para que el pleno acuerde la suspensión de la cesión del servicio recaudatorio".
En relación, González ha valorado como "necesaria" la adopción de esta medida para garantizar "la protección del interés público", que por esta razón justifica el recurso de reposición del Grupo Popular contra el acuerdo "que propicia que el Ayuntamiento de Jaén delegue en la Diputación las facultades en materia de gestión tributaria, liquidación, inspección y recaudación".