SEVILLA 26 Feb. (EUROPA PRESS) -
El juez del Juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha acordado continuar las diligencias previas como procedimiento abreviado en la pieza separada de la macrocausa de los cursos de formación relativa al "entramado empresarial" del que fuera vicesecretario del PSOE andaluz Rafael Velasco y en la que figura también como procesado el exconsejero de Empleo de la Junta de Andalucía Antonio Fernández.
En un auto, facilitado por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el magistrado apunta que sigue el trámite previsto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim) "por si los hechos denunciados pudieran ser constitutivos de delitos de prevaricación administrativa, de falsedad documental y de malversación".
En este sentido, se dirige contra Rafael Velasco; A.M.L., esposa de Velasco y administradora única de la empresa Aulacen 5; R.M.L., hermana de la anterior, cuñada de Velasco y evaluadora en los cursos de formación subvencionados; I.M.L., también cuñada de Velasco y docente en los cursos de formación subvencionados; y P.V.S., hermano de Velasco y quien figuraría igualmente como docente en tales cursos.
Asimismo, contra el exconsejero de Empleo de la Junta Antonio Fernández, condenado por prevaricación y malversación en el "procedimiento específico" de financiación de los ERE y las ayudas arbitrarias y sin publicidad, hasta admitir parcialmente el Constitucional su recurso de amparo, anular dicha condena y ordenar a la Audiencia de Sevilla dictar una nueva sentencia respecto a él.
También se dirige contra los ex directores generales de Formación María José Lara González, Manuel Brenes Rivas y Manuel Jesús García; así como A.S.F., responsable del Servicio de Gestión y Programación, todos ellos como presuntos responsables penales y contra Aulacen Cinco S.L. en calidad de responsable civil subsidiario.
En concreto, se indica que "han sido practicadas todas las diligencias de instrucción jurisdiccional indispensables para la determinación de la naturaleza y circunstancias del hecho delictivo, las personas que en el mismo han participado y el órgano competente para su enjuiciamiento, resultando innecesario a tal fin la práctica de nuevas actuaciones instructoras".
Ante ello, se acuerda dar traslado de la presente causa al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas para que, en el plazo común de 20 días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de diligencias complementarias indispensables para formular la acusación. Esta resolución no es firme y contra ella cabe interponer ante este Juzgado recurso de reforma en el plazo de tres días y/o recurso de apelación, subsidiariamente o por separado, en el plazo de cinco días desde su notificación.
Al respecto, se expone que "dada la especial complejidad de la presente causa, así como el elevado número de actuaciones y documental obrante en autos", procede ampliar el plazo establecido para presentar los correspondientes escritos de conclusiones provisionales; "lo que, ya se adelanta, determinará, a su vez, la concordante ampliación del plazo que pudiera concederse para --llegado el caso-- la presentación de los escritos de defensa".
JUSTIFICACIÓN "IRREGULAR" DE AYUDAS
Según el juez instructor, la causa versa sobre supuestos delitos de prevaricación, falsedad documental y malversación por la "presunta ilicitud del proceso de concesión, gestión, justificación y liquidación de subvenciones destinadas a formación para el empleo concedidas por el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) a la sociedad mercantil Aulacen 5", vinculada a Rafael Velasco.
Así, la citada entidad "habría recibido, gestionado, justificado y liquidado subvenciones de manera irregular", en el marco de cuatro expedientes administrativos de concesión de subvención otorgadas por el SAE, según detalla el juez instructor, desgranando una primera ayuda de 28.752,30 euros, otra de 41.296,50 euros, una tercera de 82.593 euros y una última de 41.296,50 euros.
"Según se deduciría de lo actuado, podría no haberse cumplido con la disciplina de concesión, control y justificación de tales subvenciones (...) gracias al deliberado concierto de los beneficiarios con los responsables del correspondiente órgano gestor de la subvención", considera el juez, tras atribuir la aprobación y tramitación de las ayudas a los que fueran directores generales de Formación para el Empleo Juan Manuel Fuentes, María José Lara y Manuel Brenes y el exconsejero de Empleo Antonio Fernández como presidente del SAE.
Igualmente, A.S.F., según la investigación, "sin ostentar cargo que le habilitara para ello, habría intervenido en los procedimientos y expedientes administrativos objeto de la presente causa, suscribiendo comunicaciones dirigidas a los beneficiarios de subvenciones, recibiendo comunicaciones a su nombre, emitiendo certificados y participando en la toma de decisiones en la Jefatura de Servicio de la Dirección General de Formación para el Empleo del Servicio Andaluz de Empleo".
Por ejemplo, se le atribuye haber emitido un "certificado" sobre la homologación de Aulacen 5 en abril de 2005, una "certificación que se reputa mendaz dada la fecha de constitución de la sociedad el 12 de diciembre de 2005 y que la solicitud de la subvención se formuló el 15 de diciembre de 2005".