Procesan al exconsejero andaluz Vallejo y 17 ex altos cargos por prevaricación tras el rescate de una empresa en quiebra

Archivo - El ex alto cargo de la Junta de Andalucía Francisco Vallejo, a la salida de la prisión en julio de 2024
Archivo - El ex alto cargo de la Junta de Andalucía Francisco Vallejo, a la salida de la prisión en julio de 2024 - Francisco J. Olmo - Europa Press - Archivo
Europa Press Andalucía
Publicado: lunes, 7 septiembre 2026 17:35

SEVILLA 7 Sep. (EUROPA PRESS) -

El juez José Ignacio Vilaplana, en relación a la pieza avales Grupo TPM, Inversiones Plásticas TPM SL, procedimiento en el que están investigados 18 ex altos cargos socialistas, entre ellos el exconsejero Francisco Vallejo, ha acordado en un auto notificado este lunes que no existen motivos para un pronunciamiento que requiere tanta seguridad como es el del sobreseimiento.

Por el contrario, de las diligencias instructoras practicadas se desprende la existencia de serios indicios que permiten, con la provisionalidad propia del actual momento procesal, atribuir a los investigados participación en la comisión continuada de delitos de prevaricación administrativa y malversación (artículos 404 y 432 del Código Penal). En este sentido, el magistrado ha dictaminado el procesamiento a esos 18 ex altos cargos tras acudir al rescate de una empresa en quiebra, tal como ha avanzado ABC.

"Así las cosas, y teniendo en cuenta el nivel actual de incerteza propio de la actual fase instructora, se estima que concurren indicios de la comisión, como se ha dicho, de los citados delitos vinculados con la indebida concesión de ayudas en forma de avales --de salvamento y reestructuración--", como se desprende del auto, de 69 páginas, consultado por Europa Press.

"Por parte de la Agencia IDEA en favor del Grupo TPM, Inversiones Plásticas TPM SL sin concurrencia o cumplimiento de los requisitos y presupuestos objetivos habilitantes para ello (v.g., situación de crisis de la empresa y previsión de su viabilidad futura), según los términos contenidos en la Orden de la Consejería de Innovación Ciencia y Empresa de 5 de noviembre de 2008 --y órdenes sucesivas--, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de Ayudas a Empresas Viables con dificultades coyunturales en Andalucía para los años 2008 y 2009 y demás normativa reguladora".

Además, se alude a la "irregular concurrencia" de aquellas ayudas con otras sociolaborales o ayudas a empresa concedidas por la Dirección General de Trabajo de la Junta y abonadas por la propia Agencia IDEA; "habiéndose identificado hasta 19 empresas, además del Grupo TPM en que concurriría dicha circunstancia".

"De modo que, según se deduciría de lo actuado, por parte de los responsables y personas vinculadas a la Agencia IDEA (...) se habría utilizado de manera ilícita la figura de los avales, tanto de los denominados 'propios o excepcionales' --no amparados en la Orden de 5 de noviembre de 2008--, como de los previstos y reglados como incentivos para empresas en crisis en la referida Orden, como medio para hacer llegar fondos públicos a Grupo TPM de manera absolutamente injustificada y arbitraria".

Así, tal y como se ha señalado, uno de los casos en que se habría podido hacer una utilización ilícita del régimen de ayudas públicas establecido por la normativa estatal y autonómica "habría sido el de los avales concedidos por la Agencia IDEA en favor de Grupo TPM, Inversiones Plásticas TPM SL (v.g., aval "propio" por importe de 1.190.000 euros)".

De lo actuado, y sin perjuicio del resultado de las diligencias pendientes de practicar, "sería posible deducir que en la concesión de tales ayudas en forma de avales habrían mediado razones, no de legalidad, sino de arbitrario voluntarismo; careciendo dicho otorgamiento de razones técnicas que permitieran, desde una perspectiva jurídica y financiera, justificar la concesión de estas ayudas"; las cuales, "en conjunción con el otorgamiento de otras --ayudas sociolaborales por parte de la Consejería de Empleo--, habría de responder y determinar una ilícita y progresiva 'inyección continuada' de fondos públicos en favor de la mercantil Grupo TPM".

Ello, añade el auto, "conculcando la legalidad vigente; sin efectiva valoración sobre la efectividad de las garantías prestadas por la empresa beneficiaria, y con evidencias --por parte de los responsables de la Agencia IDEA-- de la imposibilidad de recuperar tales fondos dada la situación de crisis económica por la que habría de atravesar Grupo TPM, haciéndola inviable; todo ello, fruto de una irregular administración de fondos públicos, con el consiguiente menoscabo los mismos".

Señala el escrito que "efectivamente", la Agencia IDEA concedió a Inversiones Plásticas TPM "un aval propio, por importe de 1.190.000 euros, con fecha 30 de septiembre de 2008, en garantía del préstamo" formalizado por la citada firma con una entidad bancaria (BBVA) "por el mismo importe".

En este sentido, el magistrado acuerda la continuación de las presentes diligencias previas como procedimiento abreviado. El juez del Tribunal de Instancia de Sevilla, Sección de Instrucción, Plaza número 6, dictamina en su escrito que se dé traslado de la presente causa al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas para que, en el plazo de 20 días soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa o, excepcionalmente, la práctica de dligencias complementarias para formular la acusación.

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