El Supremo amplía al 31 de marzo el plazo para formalizar los recursos a las condenas de los ERE

Los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán llegan a la Audiencia de Sevilla por el caso de los ERE
Los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán llegan a la Audiencia de Sevilla por el caso de los ERE - EUROPA PRESS - Archivo
Actualizado: lunes, 17 febrero 2020 14:52

SEVILLA, 17 Feb. (EUROPA PRESS) -

La Sala Segunda del Tribunal Supremo ha ampliado hasta el próximo 31 de marzo, a las 15,00 horas, el plazo concedido a las defensas de los 19 ex altos cargos de la Junta de Andalucía condenados en la 'pieza política' de la causa judicial sobre los expedientes de regulación de empleo (ERE), entre ellos los expresidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán, para que formalicen sus recursos.

Según reza en la diligencia, consultada por Europa Press, ha sido dictada con el apercibimiento de que "de no verificarlo en dicha fecha, se declararán desiertos los recursos correspondientes".

Además, acuerda librar oficio a la Audiencia Provincial de
Sevilla, a fin de acusar recibo de las actuaciones remitidas,
señalando además que aún está a la espera de la remisión de las últimas grabaciones.

El pasado 19 de noviembre la Audiencia de Sevilla condenó a 19 de los 21 ex altos cargos de la Junta de Andalucía enjuiciados en el caso ERE, mientras que sólo dos, el exinterventor general de la Junta Manuel Gómez y el exjefe del Gabinete Jurídico Francisco del Río, fueron absueltos de todos los delitos que le imputaba la Fiscalía Anticorrupción, tras la celebración de este juicio en más de 150 sesiones durante un año.

Desde que se dictó el fallo, todas las defensas anunciaron su intención de recurrir ante el Supremo esta sentencia, cuyo plazo finalizó el pasado 23 de enero, y a final de mes el tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial dio 15 días de plazo a las defensas para comparecer ante el Supremo.

El primero en anunciar su recurso fue Gaspar Zarrías, quien se basó en tres motivos principales, uno por infracción de precepto constitucional y dos por infracción de ley.

La mayoría de los letrados han apreciado en la sentencia la vulneración de la presunción de inocencia de sus clientes, así como errores en la instrucción, mientras que la Fiscalía Anticorrupción decidió no recurrir.