Tribunales.- El TSJA anula la aprobación definitiva de la plaza de toros de Almuñécar

Actualizado: jueves, 16 julio 2009 23:14

ALMUÑÉCAR (GRANADA), 16 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha estimado parcialmente el recurso Contencioso Administrativo interpuesto a instancias de Enrique José Abascal Altuzarra, vecino de la zona sexitana de Los Pinos, y ha anulado el acuerdo adoptado por unanimidad en el pleno del Ayuntamiento de Almuñécar (Granada) cuando gobernaba el popular Luís González Montoro para aprobar definitivamente el proyecto de Plaza de Toros.

En un comunicado, el Ayuntamiento informó de que este pleno extraordinario se celebró el 21 de junio de 2001 para aprobar definitivamente el proyecto de Plaza de Toros en los espacios E-6 y E -17 del Plan Parcial 4 del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU) de Almuñécar, desestimando así la alegaciones presentadas por el recurrente a la aprobación inicial del proyecto.

Según refleja la sentencia en el apartado de Fundamentos de Derecho, el proyecto de Plaza de Toros y el conjunto lúdico comercial se aprobó definitivamente por el Ayuntamiento tras una modificación puntual del proyecto de urbanización del plan parcial número cuatro, "en el que se agruparon las dos parcelas afectadas, se modificó el trazado de un vial y se alteró la edificabilidad de las mencionadas parcelas", pudiendo posibilitar la realización de la construcción, "al amparo de una forzada interpretación de la ordenanza de las zonas verdes públicas del PGOU", lo que a juicio del tribunal puso de manifiesto "que se trataba de un subterfugio para llevar a cabo una modificación encubierta del planeamiento vigente".

Según la sentencia, que ha sido recurrida por el gabinete jurídico municipal, el artículo 128,1 de la ley del Suelo de 1992, establece que "las modificaciones de cualquiera de los elementos, planes, proyectos, programas, normas y ordenanzas se sujetarán a las mismas disposiciones enunciadas para su tramitación y aprobación".

El fallo del tribunal señala que "no se puede amparar una actuación administrativa de tipo urbanístico, en la que claramente se advierte la utilización de un mecanismo fraudulento de modificación de un elemento del plan parcial, tendente a impedir la participación de los integrantes del sector en defensa de sus legítimos intereses".

Por otra parte, la sentencia "rechaza de plano" la petición de indemnización por daños y perjuicios solicitada por el denunciante, en función de una posible "desvalorización de su vivienda ante el temor de la ejecución del proyecto y de la inevitable adicción de ruido", considerando que no existe ninguna evidencia de que eso fuera a suceder.

Cabe recordar que la desestimación de las alegaciones presentadas y la aprobación definitiva del proyecto, contaron con el voto unánime de la corporación existente durante la legislatura 1999-2003, gobernada por el gobierno tripartito compuesto por el Partido Popular, PSOE y PILH. Ese pleno estuvo presidido por el alcalde popular Juan Luís González Montoro, asistiendo al mismo la totalidad de los concejales del gobierno y la oposición, en ese periodo conformada por el PA, que con posterioridad pasarían a la formación política Convergencia Andaluza.