JAÉN 8 Abr. (EUROPA PRESS) -
El Tribunal Supremo ha confirmado que el Asilo de Los Marqueses de Linares (Jaén) así como los terrenos aledaños al inmueble pertenecen a la ciudad y a la Fundación Hospital de San José y San Raimundo y no a los herederos de los marqueses.
En la sentencia del Supremo, a la que ha tenido acceso Europa Press, el Alto Tribunal rechaza el recurso de casación por la propiedad del centro y sus terrenos interpuesto por la Fundación Institución de Caridad de los Marqueses de Linares, cuyo patrono es el heredero del marqués.
En concreto, una de las exigencias de la fundación demandante era que se reconociese su derecho de propiedad sobre la finca y que se declarase nulo el contrato entre la Fundación Hospital y el Ayuntamiento de Linares sobre la cesión y gestión del inmueble.
Así, pedía que se procediese a la devolución de la superficie sobre la que se alza el asilo "porque no se ha construido el Hospital, reclamando además la extinción del contrato de cesión que aquella ha celebrado con el Ayuntamiento de Linares por carecer Fundación Hospital de capacidad dispositiva sobre la finca y por implicar una enajenación encubierta al tener una duración de 99 años".
Asimismo, el fallo recuerda que el 23 de febrero de 2010 el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Linares desestimó la demanda, si bien, además, la Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Jaén rechazó el recurso de apelación presentado por los herederos de los marqueses de Linares.
Tal y como señalaba en su fallo la Audiencia provincial, "no se ha aprobado la reserva del dominio pretendida por el testador respecto del terreno litigioso, considerando que el hecho de que se inscribiera la finca a nombre de la fundación reclamante es conforme con su configuración como heredera del marqués".
"CUMPLIDO EL LEGADO"
"Los terrenos estaban afectos al cumplimiento del mandato y en el momento en que se produjo la entrega de la posesión quedó cumplido el legado, siendo la finca propiedad de la Fundación Hospital desde el momento del fallecimiento del marqués, alcanzando la conclusión de que no fue voluntad del marqués establecer un derecho de superficie, sino un auténtico legado en cosa específica".
Así las cosas, la sentencia del Supremo ratifica que los terrenos pertenecen a la Fundación Hospital "desde el momento del fallecimiento de José de Murga y Reolid, primer marqués de Linares, tal y como indicó en su testamento de fecha 31 de diciembre de 1901".
En su testamento, el marques de Linares estipula que la propiedad del asilo y sus terrenos corresponden a la ciudadanía de Linares, cuyo representante es el Ayuntamiento, mientras que la gestión es competencia de la Fundación Hospital.