El TSJA anula las expropiaciones de unos terrenos por las obras de la A-32 entre Linares e Ibros

Actualizado: jueves, 3 julio 2014 18:08

JAÉN, 3 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla (TSJA) ha declarado nulo el procedimiento de expropiación de terrenos propiedad de particulares iniciado en el año 2007 por el Ministerio de Fomento para la obra de la autovía A-32 entre Linares (Jaén) y Albacete, en su tramo entre la citada ciudad jiennense e Ibros, por la falta de trámites "esenciales" de información pública del proceso.

De esta manera, la Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Alto tribunal andaluz ha estimado parcialmente un recurso interpuesto por el bufete malagueño de Atenea Abogados en representación de dos afectados por dichas expropiaciones, en virtud de una sentencia que obliga a la Administración central a "retrotraer" las actuaciones "al momento en que se tuvo que producir la información pública del proyecto de obras".

Así se señala en la sentencia, fechada el pasado 31 de marzo, recogida este jueves por el diario 'Ideal' y consultada por Europa Press, que ya es firme, según ha confirmado el bufete de abogados, desde donde se resalta que, de esta manera, el Ministerio de Fomento "no tiene más alternativa que llevar a efecto lo ordenado en la misma, retrotrayendo las actuaciones al trámite de información pública omitido y que tuvo que realizarse antes de la aprobación del proyecto de 2007 que ahora ha sido declarado nulo".

En su sentencia, el tribunal que la rubrica viene a dar la razón a los propietarios de las parcelas afectadas, que sustentaban su recurso en la "indefensión material" que les habría generado "la omisión del trámite de información pública del proyecto", un paso que el TSJA subraya que es "esencial" y "no puede ser sustituido por la ulterior información pública ofrecida en la resolución administrativa de convocatoria al levantamiento de las actas previas a la ocupación, de fecha 6 de marzo de 2008".

Según el citado bufete de abogados malagueño, la "relevancia" de esta sentencia es que "afecta al inicio mismo del procedimiento y obliga al Ministerio de Fomento a dar comienzo al expediente de expropiación para subsanar los defectos que han llevado a su nulidad".

Además, el fallo "permitiría a los propietarios afectados por la expropiación del tramo declarado nulo realizar las alegaciones que tengan por convenientes, incluso respecto a la localización de las obras, sin encontrarse 'atados' por la implícita declaración de necesidad de ocupación que subyace en los procedimientos expropiatorios, mal llamados, como éste, de urgencia".