Andalucía contabiliza 18 inscripciones diarias en el Registro de Parejas de Hecho durante el primer semestre de este año

Actualizado: jueves, 19 julio 2012 16:51

Más de 31.500 uniones de este tipo se mantienen inscritas tras registrarse 3.346 altas entre los meses de enero y junio


SEVILLA, 19 Jul. (EUROPA PRESS) -

El Registro de Parejas de Hecho en Andalucía, dependiente de la Consejería de Salud y Bienestar Social, ha contabilizado en el primer semestre de este año 18 inscripciones diarias, lo que supone un total de 3.346 altas en este periodo, un 3,97 por ciento más que en los seis primeros meses de 2011. En este mismo periodo se han producido un total de 544 bajas motivadas por diversos motivos como muerte de alguno de los integrantes, cambio de las circunstancias de la convivencia o cese de la misma, o por mutuo acuerdo.

El Registro de Parejas de Hecho es único, aunque su gestión está descentralizada a través de los Ayuntamientos y las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud y Bienestar Social. Así, y según indica la Consejería de Salud y Bienestar Social, del total de parejas registradas en el primer semestre de este año, el 59,47 por ciento ( 1.990) realizó los trámites de inscripción a través de los ayuntamientos andaluces, y el 40,53 por ciento restante (1.356) lo hizo directamente en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud y Bienestar Social.

Además, por provincias, durante los seis primeros meses de este año se han registrado en Almería 273 parejas de hecho, 708 en Cádiz, 263 en Córdoba, 343 en Granada, 194 en Huelva, 115 en Jaén, 744 en Málaga y 706 en Sevilla. Desde que se puso en marcha este servicio en 1996, cuando se denominaba registro de uniones de hecho, ha habido un progresivo incremento de inscripciones que se ha cuadruplicado en los últimos años al pasar de 1.416 en 2005 a 6.446 en 2011. Tras las altas registradas este semestre, se mantienen inscritas en el Registro de la Comunidad Autónoma de Andalucía un total de 31.585 parejas.

BENEFICIOS

Con la inscripción en el registro, se puede acceder a los beneficios previstos en la Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho, de la Comunidad Autónoma de Andalucía. Así, en materia de protección de menores, esta norma establece la posibilidad de constituir acogimientos familiares, simples o permanentes, por parejas de hecho, sin discriminación alguna por opción sexual.

Asimismo, las parejas de hecho pueden solicitar el acceso conjunto en centros residenciales para personas mayores, así como ejercer el derecho que la legislación sanitaria reconoce a los familiares. Además, en la adjudicación de viviendas de la Administración andaluza se equiparan al matrimonio, una igualación que también se refleja en los ámbitos tributarios y fiscales a nivel autonómico, así como en lo relativo a permisos y vacaciones.

Tras las modificaciones introducidas por la Ley estatal 40/2007 de 4 de diciembre, de medidas en Materia de Seguridad Social, se reconoce también el derecho a la pensión de viudedad a las parejas de hecho que lo acrediten mediante el correspondiente certificado de los registros específicos de las comunidades autónomas, cuando esta inscripción se haya producido con una antelación mínima de dos años con respecto a la fecha de fallecimiento.