La Audiencia de Sevilla avala la absolución de un acusado de una agresión en la feria de Montellano

Archivo - Imagen de archivo de la Audiencia Provincial de Sevilla.
Archivo - Imagen de archivo de la Audiencia Provincial de Sevilla. - JUNTA DE ANDALUCÍA - Archivo
Publicado: martes, 17 enero 2023 15:47

SEVILLA, 17 Ene. (EUROPA PRESS) -

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado una sentencia previa de la Audiencia de Sevilla, que absuelve a un varón de un presunto delito de lesiones que se le atribuía por la agresión sufrida en la feria de Montellano por dos varones, que habían consumido "abundante" alcohol y también cocaína.

En esta sentencia difundida por la Oficina de Comunicación del TSJA, el Alto tribunal andaluz aborda un recurso de apelación, contra una resolución previa de la Sección Cuarta de la Audiencia de Sevilla, que absuelve a un varón de los delitos de lesiones que se le atribuían.

La sentencia de la Audiencia declara probado que en los primeros momentos de la madrugada del 5 al 6 de agosto de 2017, dos vecinos de Puerto Serrano que habían acudido a la feria de Montellano y habían consumido "abundante" alcohol y además cocaína, "fueron agredidos en algún lugar de Montellano y fueron derivados al hospital", sufriendo uno de ellos una "fractura facial" y de nariz que requirió intervención quirúrgica y que le ha deparado "deformidad ósea o cartilaginosa y desviación nasal hacia la izquierda con dificultad respiratoria bilateral".

El otro varón agredido sufrió "policontusiones y fractura de dos arcos costales izquierdos, con signos de contusión pulmonar", según el relato de hechos probados, que no ve "debidamente acreditado" que el varón acusado en esta causa protagonizase la agresión, lo que derivó en su absolución.

Analizando el recurso de apelación de la acusación particular contra la sentencia absolutoria de la Audiencia, el TSJA indica que "el recurso no hace sino insistir en la credibilidad que a juicio de la parte merece la versión inculpatoria del propio lesionado acerca de la autoría del acusado, analizando su testimonio a la luz de los criterios jurisprudenciales habituales, de forma inevitablemente sesgada; pero no trata siquiera de demostrar que las razones por las que el tribunal a quo considera ese testimonio demasiado débil e inconsistente para sustentar la conclusión de condena sean irrazonables, arbitrarias o contrarias a máximas de experiencia".

"La valoración probatoria que conduce al tribunal a quo a la conclusión absolutoria puede ser tan discutible como quiera la acusación particular, pero en ella no hay asomo de irracionalidad, arbitrariedad o error patente, ni probatorio ni jurídico. Que acaso pudiera haberse llegado a una conclusión distinta de modo también razonable, no sería fundamento suficiente para anular la sentencia de instancia", zanja el TSJA, que desestima el recurso de apelación y confirma la sentencia inicial absolutoria.

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