Los ayuntamientos de Sevilla pueden solicitar hasta el 3 de noviembre las ayudas a la construcción de vivienda protegida

Pleno del 31 de julio, en el que se aprobó la medida.
Pleno del 31 de julio, en el que se aprobó la medida. - DIPUTACIÓN DE SEVILLA
Europa Press Andalucía
Publicado: miércoles, 27 agosto 2025 10:49

SEVILLA 27 Ago. (EUROPA PRESS) -

Los ayuntamientos de la provincia de Sevilla pueden solicitar hasta el próximo 3 de noviembre las ayudas de la Diputación para la construcción de vivienda municipal protegida, una convocatoria destinada a la promoción de inmuebles en régimen de venta por parte de los ayuntamientos, con fondos a devolver sin intereses, y distinta a las subvenciones del Programa Sevilla 2030, cuyo plazo finalizó el pasado 25 de agosto.

Según una nota emitida por la institución provincial, los consistorios de la provincia pueden ya consultar las bases y acogerse a estas ayudas destinadas a afrontar costes de gestión, promoción, construcción y venta de viviendas de protección pública de titularidad municipal en régimen de venta.

La Diputación ha aclarado que la ayuda, para la que se han previsto 33 millones de euros, es un instrumento distinto a las subvenciones que, también con el objetivo de impulsar la vivienda protegida, ha consignado dentro del Programa Sevilla 2030, con 30 millones de euros para 2025.

El plazo para solicitar la ayuda financiera comenzó el 7 de agosto, tras la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de Sevilla (BOP) del extracto de las bases aprobadas en el Pleno del 31 de julio, y se extenderá hasta el 3 de noviembre. Además, la Diputación hispalense ha expresado que está previsto que las resoluciones de concesión se vayan emitiendo mensualmente.

Las ayudas están dirigidas a municipios que tengan delegadas en el Organismo Provincial de Asesoramiento Económico y Fiscal de la Diputación (Opaef) todas o parte de sus gestiones tributarias, ya que esos recursos garantizarán la devolución de los fondos adelantados.

La diputada de Hacienda, Inmaculada Márquez, ha estimado que esta ayuda financiera "facilitará que los ayuntamientos puedan afrontar la construcción de vivienda en régimen de venta, ya que el importe que soliciten tendrá interés cero y son ayudas compatibles con cualquier otra subvención que soliciten".

La ayuda comprende dos líneas de actuación, para cubrir gastos necesarios y previos a la construcción de la vivienda pública y, por otro lado, para los gastos de gestión, promoción, construcción y comercialización de los inmuebles.

En ambos casos, el importe no podrá superar el 200% del anticipo ordinario neto anual del municipio certificado por el Opaef, con un tope de un millón de euros para la línea uno y de cinco millones para la línea dos. En el caso de que un ayuntamiento solicite ambas líneas, en ningún caso podrá superar tampoco los cinco millones con las dos.

Cada ayuntamiento deberá devolver la totalidad de la cuantía concedida en el momento de que sean vendidas las viviendas o, en cualquier caso, en los siguientes plazos: por el transcurso de 60 meses desde la fecha de la ayuda financiera concedida; por el transcurso de 12 meses de la obtención de primera ocupación; o por la no iniciación de la ejecución del programa de trabajo o proyecto de obras en el plazo de 18 desde la fecha del pago.

Respecto a los requisitos previos, los ayuntamientos deben tener aprobada, según ha concretado la administración provincial, la liquidación de su presupuesto anterior y aprobado definitivamente el de 2025, así como cumplir los objetivos de estabilidad presupuestaria, entre otros.

También deberán contar con un Plan Municipal de Vivienda y Suelo en vigor; con un Registro Municipal de Demandantes de Vivienda Protegida aprobado y acreditar ser titulares de los solares calificados y urbanizados en los que se propone ejecutar la actuación. Asimismo, es requisito que dispongan de capacidad de financiación para la aportación del coste de la actuación y acreditar la viabilidad urbanística y económico-financiera del proyecto.

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