Condenado a 7 años de cárcel por abusar de la hija menor de su pareja cuando ésta se iba a trabajar

Actualizado: jueves, 21 julio 2011 16:35

SEVILLA, 21 Jul. (EUROPA PRESS) -

La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a siete años de prisión a un hombre de 42 años, identificado como J.G.L., por abusar durante casi un año de la hija menor de edad de su pareja sentimental, para lo que aprovechaba las horas en que ésta se iba a trabajar y se ausentaba de la vivienda que compartían.

Según relata la Audiencia Provincial en la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, el procesado convivía desde 1992 con su pareja sentimental --con la que había tenido un hijo-- y con la hija de ésta última, "con la que el acusado mantenía una relación cuasi paternal".

En este sentido, añade que, en fecha no determinada pero a partir de abril de 2001 y hasta enero de 2002, el imputado, "aprovechando" que su pareja sentimental se ausentaba de la vivienda por haber comenzado a trabajar en una empresa de reciclaje, se dirigía a la habitación de la menor aquellos días en que la madre trabajaba de noche.

De este modo, y "guiado por el ánimo de satisfacer sus deseos libidinosos", el acusado entraba en la habitación de la entonces menor de edad --en la fecha de los hechos contaba con 15 años-- y se acostaba en su cama, "comenzando a tocarle y a acariciarle por todo el cuerpo, al tiempo que se masturbaba delante de ella".

Añade el fallo, consultado por Europa Press, que la menor accedía a las pretensiones del procesado "ante el temor que le inspiraban las continuas conminaciones que éste le profería, diciéndole que si se lo contaba a su madre, se iba a acordar del día en que nació, y que se iba a llevar a su hermano menor y no lo iba a volver a ver nunca más".

LA MENOR DORMÍA CON VARIOS PIJAMAS PUESTOS

No obstante, ella intentaba evitar los tocamientos forcejeando con el acusado, acostándose con varios pijamas y enrollada en las sábanas, "pero no podía impedir que éste consiguiera su propósito lúbrico por su mayor complexión física". Como consecuencia de lo anterior, la menor sufrió un cuadro de trastorno por estrés postraumático, para cuya curación requirió de asistencia psicológica.

Al hilo, la Audiencia Provincial argumenta que "no se trata de unas meras caricias de tipo paternal, como el acusado indicó a los parientes que fueron a pedirle explicación de lo denunciado por la víctima, sino de verdaderos actos de naturaleza lujuriosa realizados contra la voluntad de la afectada".

Por estos hechos, la Audiencia Provincial condena al acusado por un delito continuado de agresión sexual a siete años de prisión y al pago de una indemnización de 30.000 euros a favor de la víctima por los daños morales causados.